La Afip reglamentó las modificaciones impositivas de la denominada ley Pyme La Afip reglamentó las modificaciones impositivas de la denominada ley Pyme
de Ingresos Públicos
(Afip) reglamentó los cambios
impositivos destinados
a las pequeñas y medianas
empresas, tras la
puesta en marcha de la ley
27.264, denominada Pyme.
Lo hizo a partir de las resoluciones
generales 3945
y 3946 publicadas en el Boletín
Oficial, con lo cual se
hace plenamente efectiva
la legislación, que permite
diferir los próximos pagos
de los saldos netos de IVA
(Impuesto al Valor Agregado)
a partir de la facturación
a partir del 19 de octubre
último, así como el uso
del 100% o 50% del gravamen
a los débitos y créditos
bancarios, a cuenta de Ganancias.
A partir de las resoluciones
de la Afip, las pymes
podrán acceder a los beneficios,
registrándose online
en la página web www.afip.
gob.ar/pymes, y percibirán
un alivio fiscal a través de
la eliminación del impuesto
a la Ganancia Mínima
Presunta.
También accederán a la
compensación del impuesto
al cheque, el de créditos
y débitos bancarios, como
pago a cuenta de Ganancias,
siendo 100% para las
micro y pequeñas, y 50%
para las medianas.
Además, las micro y pequeñas
podrán diferir el
pago del IVA a 90 días, y
todas las pymes gozarán
de la desgravación del Impuesto
a las Ganancias,
hasta el 10% de las inversiones
realizadas.
Asimismo, habrá una
devolución de IVA de las
inversiones a través de un
Bono de crédito fiscal para
el pago de impuestos.
En otro orden, la Afip
elevó los umbrales de retención
de IVA, en 135%,
y de percepción de Ganancias,
en 400%.
En el caso de las micro
empresas, se otorgarán
certificados de no retención
de IVA automático.
Además, se amplió el
cupo prestable de la Línea
de Créditos de Inversión
Productiva del 14% al
15,5% anual, que lo lleva
a $ 63.000; y a su vez aumentó
al 50% el acceso al
financiamiento de corto
plazo.
A través del Banco de
Inversión y Comercio Exterior
(Bice), también se lanzó
la línea Primer Crédito
Pyme a una tasa variable
de 16% anual máximo
y con un plazo de hasta 7
años, para montos entre $
500.000 y $ 5 millones.
Por otra parte, se extendió
de 180 a 365 días del
plazo para el ingreso de divisas
producto de las exportaciones.