Dolar Oficial: - Dolar Blue:- Dolar CCL:- Dolar Bolsa: - Dolar Mayorista: -

EL LIBERAL . Opinión

Dos fallos controversiales que ponen a la Justicia en la mira de la sociedad

11/04/2017 00:00 Opinión
Escuchar:

Dos fallos controversiales que ponen a la Justicia en la mira de la sociedad Dos fallos controversiales que ponen a la Justicia en la mira de la sociedad

H ay dos temas penales que conmueven a la opinión pública en estos días: a) la cruel muerte de Micaela, en Gualeguaychú; b) la aplicación del beneficio del dos por uno al condenado padre Grassi. Voy a tratar de ser lo más sintético y claro posible, alejándome de la terminología técnica a fin de favorecer la comprensión de cualquiera que lea este humilde análisis. Con respeto al caso Micaela, empiezo primero por remarcar que los jueces centralmente tenemos tres sistemas para dictar una resolución: 1) el de la prueba tasada; 2) el de la íntima convicción; 3) el de la sana crítica. Por razones que no es el caso aquí desarrollar me referiré al N° 3, que es el que hoy se aplica en la Argentina. ¿Qué nos exigen a los jueces tener en cuenta con la "sana critica" a la hora en que debemos tomar una decisión? Guiarnos, no por un criterio subjetivo, sino por las objetivas pautas "ontológicas" de la Lógica y la Psicología, y las "empíricas" del sentido común y la experiencia. Precisamente este sistema enraíza en el criterio del viejo Derecho Romano que decía que un buen juez "es el que logra internalizar, hacer carne el sentido común, pero no el suyo, sino el del pueblo". Cuanto más cerca está el juez del pensamiento del pueblo respecto de lo bueno y lo malo, mejor juez será. Regresando al caso de Micaela García, ella habría sido asesinada por un sujeto previamente condenado a 9 años de prisión por violar a dos mujeres. Violador a quien el juez Rossi dio la libertad condicional tres años antes de cumplir su pena, en contra de lo aconsejado por los peritos psicólogos del penal donde el violador estaba encarcelado. En este sentido hay consenso en el mundo judicial de que el juez es "perito de peritos", ello significa que el juez puede ir en contra de lo que le aconseja un perito, desoírlo. Ahora bien, ¿quiere esto decir que el juez no tiene límites para imponer su parecer? A mi modo de ver la respuesta es no, pues ese límite que sí tiene y, que con énfasis sostengo, son las indicadas pautas de la lógica, la psicología, el sentido común y la experiencia. Nótese que quienes en el caso de Micaela desaconsejan no dar la libertad no son psicólogos de un consultorio particular o de una clínica privada, son psicólogos forenses, con años de experticia penitenciaria, cursos, especializaciones. La lógica y el sentido común enseñan (y ello es una conclusión a la que se llega sin mayor esfuerzo) que si expertos como los aludidos aconsejan no, se debe respetar su ciencia, sus años de experiencia, excepto que el juez dé fundamentos en contra sumamente amplios y sólidos, lo que no aconteció en este caso. Desde otra perspectiva, si el juez, no escucha a quienes consultó, como Rossi, debe ser llevado a juicio político y eventualmente ser apartado de su función por ignorar la "sana crítica" como método para resolver. De lo contrario nos exponemos a que siga tomando decisiones que lastimen al pueblo, incluido lo más sagrado de éste, sus hijos. La otra cuestión que en estos días impactó fuertemente en la opinión pública, es la aplicación del dos por uno al padre Grassi, condenado por abusar sexualmente de dos niños, decisión ésta que acortaría sensiblemente el monto de su pena. El llamado dos por uno (ley 24.390) sancionado en noviembre de 1994, al calor de una ola de revueltas carcelarias, nació como una reparación para la inmensa cantidad de detenidos con causas demoradas. Se le dio ese nombre al doble cómputo para los "procesados" que estén más de dos años en prisión sin condena, y tenía por finalidad presionar a los jueces para evitar demorar arbitrariamente los procesos penales, en una palabra terminar con los abusos de la prisión preventiva. Pero esa finalidad terminó distorsionándose cuando trascendieron extralimitaciones por los que el sistema se desbarrancó; por ejemplo, numerosos casos de delitos cometidos por personas que recuperaron la libertad antes de tiempo por aplicación del aludido doble cómputo. Estos abusos llevaron a su derogación hace más de diez años. Ahora bien, para comprender la decisión que beneficia al padre Grassi es fundamental tener en cuenta que en materia penal, de manera rigurosa, rige el principio de irrectroactividad de la ley, que significa que sancionada una nueva ley, ella sólo tiene validez para el futuro. Por ejemplo: si hoy se sancionara una norma que establece pena de muerte para el que viola y mata a su víctima, esa pena solo se podría aplicar para el futuro, o sea, a los casos de violación seguida de muerte consumados después de la fecha de su sanción, a los anteriores a esa fecha, no les sería aplicable. Pero este principio de irrectroactividad de la ley penal (la nueva ley sólo rige para el futuro) tiene dos excepciones, el principio de retroactividad que se da cuando la nueva ley es más beneficiosa para el reo. Por ejemplo, si hoy el robo con armas tiene una pena de 15 años de prisión, y mañana se dicta una nueva ley que castiga este mismo tipo de robo con diez años, a todos los que cometieron robos antes de ser dictada esta nueva ley, también se les aplicará la nueva ley por ser más beneficiosa. La otra excepción, que el común de la gente no suele entender, es el principio de ultractividad de la ley, que también se funda en la benignidad. Así cuando la ley derogada es más beneficiosa para el reo, ella seguirá viva para él aun durante la vigencia de la nueva ley. Sin ser un conocedor en detalle del caso Grassi, entiendo que lo que la Justicia en Buenos Aires determinó, es que el dos por uno sigue vigente para él en razón de que la ley 24.390 (hoy derogada) regía en la época que él cometió los abusos sexuales por los que fue condenado. Por último, jamás se debe perder de vista que todos los habitantes de un país son esclavos de las leyes de ese país, y muchísimo más sus jueces, quienes si las incumplen pueden ser exonerados de sus cargos, incluso ser acusados criminalmente. Por ello, les guste o no la ley, tienen que hacerla cumplir.

Lo que debes saber
Lo más leído hoy