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Prohíben venta a una droguería de Tucumán que comercializaba sus medicamentos en Santiago

25/05/2017 00:00 Economía
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Prohíben venta a una droguería de Tucumán que comercializaba sus medicamentos en Santiago Prohíben venta a una droguería de Tucumán que comercializaba sus medicamentos en Santiago

Una droguería de la provincia de Tucumán, que comercializaba medicamentos en Santiago del Estero fue sancionada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (Anmat) con la prohibición de continuar con la venta en esta provincia por no contar con el permiso correspondiente.

La Anmat dispuso a través de la resolución 5113/207 tal prohibición a la droguería Novamed, de Tucumán a la par que ordenó instruir un sumario al titular de la droguería, Santiago Rossi.

Consultado a nivel local el presidente del Colegio de Farmacéuticos de Santiago del Estero, Hugo Navarro, señaló que ‘es una droguería que fue detectada en la venta de productos a un sanatorio por lo cual la sancionan, pero no correspondía que esta droguería comercialice aquí en la provincia.

No tiene un impacto significativo, ya que nosotros no tenemos un registro de las ventas en farmacias que haya realizado en la provincia’.

Puntualizó que ‘lo lógico es que una farmacia al comprarle a una droguería de este tipo le pida la habilitación correspondiente, pero la habilitación que tiene esta droguería, aparentemente, es de orden provincial nada más porque la Anmat detectó que no tiene tránsito interjurisdiccional razón por la cual estaría solo habilitada para vender en Tucumán’, agregó.

Destacó también que ‘lo que aduce la Anmat es la venta a los sanatorios que, por lo general, son los medicamentos en envase tipo hospitalario’.

La Anmat

Según se explica en los argumentos, de la Anmat para adoptar tal resolución, la irregularidad se detectó en una inspección a la droguería y se verificó al advertir que existía un remito a favor de ‘Sanatorio Libertad SRL’, de Santiago del Estero. ‘Con ello ha quedado demostrada la distribución interjurisdiccional de medicamentos que habilita el ejercicio de su competencia’, indicó la norma.

La Anmat señaló que ‘la firma no se encontraba al momento de la comercialización referida, ni se encuentra actualmente habilitada por esta Administración para efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos en los términos de la Disposición 7038/15’.

Recordó además que el artículo 2° de la Ley 16.463 indica que ‘quedan sometidos a la presente ley y a los reglamentos que en su consecuencia se dicten, la importación, exportación, producción, elaboración, fraccionamiento, comercialización o depósito en jurisdicción nacional o con destino al comercio interprovincial, de las drogas, productos químicos, reactivos, formas farmacéuticas, medicamentos, elementos de diagnóstico y todo otro producto de uso y aplicación en la medicina humana’.

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