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Santiago del Estero cumple con lo acordado en materia salarial docente

04/05/2012 04:00 Política
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Santiago del Estero cumple con lo acordado en materia salarial docente Santiago del Estero cumple con lo acordado en materia salarial docente

E l Ministerio de Educación y Jefatura de Gabinete y Ministros informaron a la opinión pública en general y a la docencia en particular, “con motivo de versiones difundidas que solo tienden a generar confusión en el sector docente, que en el presente año la provincia de Santiago del Estero no estará incluida en la garantía que establece el art. 9 de la ley 26.075 de Financiamiento Educativo que creó el Programa de Compensación Salarial Docente”.

“Cabe aclarar –agrega- que nuestra provincia fue beneficiaria de los fondos de la garantía del art. 9 de la Ley de Financiamiento Educativo hasta el año 2.011 ya que hasta ese momento dichos fondos sirvieron como compensadores para alcanzar el piso salarial correspondiente”.

Asimismo indicó que “en el mes de marzo del corriente año, la Cartera Educativa Nacional mediante Resolución n° 229/12, estableció como salario mínimo docente para el cargo de maestro, jornada simple, sin antigüedad o equivalente en horas cátedras a partir del 1° de marzo del 2012, la suma de $2.800 (pesos dos mil ochocientos), incluyendo dicho importe el Fondo Nacional de Incentivo Docente (Fonid). En sus considerandos la Resolución enuncia que la retribución mínima prevista en la ley 26.075 y su decreto reglamentario n° 457/07, reflejan la decisión política del Gobierno nacional de garantizar que ningún docente perciba una remuneración inferior a la fijada por dicho concepto. Dispone también la mencionada norma en su art. 3 que el salario fijado será importe de referencia para dar cumplimiento a las transferencias en las provincias que integran el Programa Nacional de Compensación Salarial Docente creado por el art. 9 de la ley de Financiamiento Educativo. Asimismo, mediante Resolución n° 513/12 del 13 de abril del año en curso, se reglamentó para el presente año el Programa de Compensación Salarial Docente previsto en el art. 9 de la ley 26.075 de Financiamiento Educativo. Dicha Resolución en su art. 2° establece las condiciones que deberán acreditar las provincias para acceder al fondo compensador, disponiéndose: “Podrá acceder toda aquella jurisdicción que, a pesar del esfuerzo financiero destinado al sector, no alcance el valor definido en art. 1° de la Resolución n° 229 del 05 de marzo de 2012”, es decir $2.800. En sus considerandos la norma refiere que a los efectos de garantizar el salario docente en aquellas jurisdicciones donde no es posible superar las disparidades a pesar de los esfuerzos financieros de las mismas destinadas al sector, se compartirán esfuerzos para que desde el mes de marzo del 2.012, ningún docente quede por debajo del ingreso de referencia”.

El comunicado señaló que “en virtud del acuerdo salarial alcanzado en la provincia en el marco de la Mesa de Diálogo y Trabajo Docente, materializado en el decreto n° 524/12, por el cual con fondos propios la provincia garantiza un piso salarial de $2.800, integrándose el mismo con la absorción por parte de la provincia de los montos correspondientes al ex art. 9 del año 2.011 ($410) por cargo y hasta dos cargos más el incremento del índice docente de 5,12 a 6,13 puntos índices y horas cátedras, incluyendo el Fondo Nacional de Incentivo Docente que en el presente año es de $255, Santiago del Estero cumple con las pautas salariales establecidas a nivel nacional para el presente año por sus propios esfuerzos financieros. En consecuencia, y luego del análisis por parte de las autoridades nacionales del acuerdo salarial de la provincia, mediante nota del Consejo Federal de Educación n° 000286/12, se informó que para el corriente año la jurisdicción de Santiago del Estero no accederá a los fondos del Programa de Compensación Salarial Docente, en virtud de las disposiciones vigentes a las que se hizo referencia en párrafos anteriores.

Por otra parte cabe aclarar que con la liquidación del mes de abril se procedió al descuento de la suma de $ 50 por cargo y hasta dos cargos a los docentes del sector público, los que fueran liquidados erróneamente con la liquidación del mes de marzo, habiéndose iniciado las investigaciones correspondientes a los fines de deslindar responsabilidades. Se informa asimismo que con el salario del mes de marzo se abonó el Fonid más las sumas adicionales de $ 80 correspondientes a $ 40 del mes de enero y $ 40 del mes de febrero del corriente año”.

“En relación a los descuentos practicados en las liquidaciones de aquellos docentes que se adhirieron al paro dispuesto a nivel nacional en fecha 6 de marzo del corriente año, los que ascienden a más de 1.200 agentes, la cartera educativa provincial reconoce el derecho de huelga a los trabajadores del sector. Sin embargo –puntualizó- y como correlato de dicha prerrogativa, tal como se lo viene llevando a cabo en los últimos años, el Estado descontó la jornada no trabajada a quienes se adhirieron a la medida de fuerza, asistiéndolo para ello la doctrina y jurisprudencia legal, en resguardo del servicio educativo y por razones de justicia con aquellos que cumplieron con sus obligaciones laborales, impartiendo educación a los alumnos de nuestra provincia.

Por último se reitera que se encuentran disponibles los recibos correspondientes a los meses de marzo y abril del corriente año”.

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