Luego de 74 días, ordenaron liberar a la Fragata Libertad y vuelve a Buenos Aires
El Tribunal Internacional del Derecho del Mar ordenó por unanimidad a Ghana que libere “de inmediato” al navío, retenido desde octubre en un puerto del país africano.
El Tribunal Internacional del Derecho del Mar, con sede en Hamburgo, ordenó a Ghana liberar “inmediatamente” la Fragata Libertad, que finalmente llegaría a Buenos Aires el próximo 9 de enero, 74 días después de haber sido retenida por una demanda de fondos buitre.
Esa fue la decisión arbitral que leyó el presidente del Tribunal de las Naciones Unidas, el japonés Shunji Yanai, que avaló la medida cautelar solicitada por el Gobierno argentino a mediados de noviembre para la liberación de la nave insignia estacionada en el Puerto de Tema desde el 2 de octubre pasado.
“El Tribunal Internacional del Derecho del Mar pide a las autoridades de Ghana que desembarguen inmediatamente la Fragata ARA Libertad y que la aprovisionen”, indicó el fallo, que además determinó que cada parte pague “sus propias costas” del juicio.
El fallo ordena al Estado ghanés a “velar por que la Fragata, su comandante y su tripulación puedan zarpar del puerto de Tema y las aguas marítimas de jurisdicción ghanesa y velar porque la fragata sea reaprovisionada a tal fin”.
La Fragata Libertad permanecía retenida en el puerto de Tema desde el 2 de octubre por una decisión del juez ghanés Richard Adjei Frimpong, ante un embargo pedido por el “fondo buitre” NML Capital Ltd., que tiene bonos de la deuda pública argentina, que no fueron canjeados en las convocatorias realizadas por el país en 2005 y 2010.
El fallo sigue a las audiencias orales celebradas el 29 y 30 de noviembre, en las que la Argentina y Ghana expusieron sus respectivos argumentos ante un panel de 20 jueces en el Tribunal del Mar.
Entre los considerandos de la sentencia, el Tribunal subrayó que el buque de guerra es una “expresión de soberanía argentina”, por lo que la decisión ghanesa de retener la nave afecta la inmunidad diplomática de acuerdo al derecho internacional. También se refirió a la “inmunidad de las naves de guerra” y a la “falta de jurisdicción” del juez Frimpong para retener un buque de estas características, además de disponer que “cada país deberá hacerse cargo de los gastos que le correspondan a cada uno”, reprodujo.
La nave zarpó de Buenos Aires el 2 de junio pasado con una dotación de 325 marinos para realizar su viaje anual de instrucción, pero quedó retenida al arribar al puerto de Tema.
El gobierno argentino repatrió a 281 miembros de la tripulación y dejó a bordo a 44 tripulantes, que protagonizaron momentos de tensión cuando impidieron que las autoridades portuarias trasladasen la fragata a otro muelle.
La Justicia ghanesa reclamaba una fianza de unos 20 millones de dólares para liberar al buque, pero la Argentina se negó a pagarla y presentó una medida cautelar ante el Tribunal del Mar bajo el argumento de que Ghana “violó las normas del derecho internacional que consagran la inmunidad de los buques de guerra”.
Esa fue la decisión arbitral que leyó el presidente del Tribunal de las Naciones Unidas, el japonés Shunji Yanai, que avaló la medida cautelar solicitada por el Gobierno argentino a mediados de noviembre para la liberación de la nave insignia estacionada en el Puerto de Tema desde el 2 de octubre pasado.
“El Tribunal Internacional del Derecho del Mar pide a las autoridades de Ghana que desembarguen inmediatamente la Fragata ARA Libertad y que la aprovisionen”, indicó el fallo, que además determinó que cada parte pague “sus propias costas” del juicio.
El fallo ordena al Estado ghanés a “velar por que la Fragata, su comandante y su tripulación puedan zarpar del puerto de Tema y las aguas marítimas de jurisdicción ghanesa y velar porque la fragata sea reaprovisionada a tal fin”.
La Fragata Libertad permanecía retenida en el puerto de Tema desde el 2 de octubre por una decisión del juez ghanés Richard Adjei Frimpong, ante un embargo pedido por el “fondo buitre” NML Capital Ltd., que tiene bonos de la deuda pública argentina, que no fueron canjeados en las convocatorias realizadas por el país en 2005 y 2010.
El fallo sigue a las audiencias orales celebradas el 29 y 30 de noviembre, en las que la Argentina y Ghana expusieron sus respectivos argumentos ante un panel de 20 jueces en el Tribunal del Mar.
Entre los considerandos de la sentencia, el Tribunal subrayó que el buque de guerra es una “expresión de soberanía argentina”, por lo que la decisión ghanesa de retener la nave afecta la inmunidad diplomática de acuerdo al derecho internacional. También se refirió a la “inmunidad de las naves de guerra” y a la “falta de jurisdicción” del juez Frimpong para retener un buque de estas características, además de disponer que “cada país deberá hacerse cargo de los gastos que le correspondan a cada uno”, reprodujo.
La nave zarpó de Buenos Aires el 2 de junio pasado con una dotación de 325 marinos para realizar su viaje anual de instrucción, pero quedó retenida al arribar al puerto de Tema.
El gobierno argentino repatrió a 281 miembros de la tripulación y dejó a bordo a 44 tripulantes, que protagonizaron momentos de tensión cuando impidieron que las autoridades portuarias trasladasen la fragata a otro muelle.
La Justicia ghanesa reclamaba una fianza de unos 20 millones de dólares para liberar al buque, pero la Argentina se negó a pagarla y presentó una medida cautelar ante el Tribunal del Mar bajo el argumento de que Ghana “violó las normas del derecho internacional que consagran la inmunidad de los buques de guerra”.