Pena no mayor a los 15 años para el padrastro

El padrastro no podría ser condenado a perpetua. Lo establece la legislación Penal vigente y es la posición que fijó la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Suprema de la Nación.

La Ley de minoridad establece que personas de 16 y 17 años son imputables. Para ellos, existe un régimen diferente al de los mayores de 18 años.

Las menores deben ser sometidos a un tratamiento tutelar antes de ser juzgados. La pena será en grado de tentativa. Máximo, 15 años.

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