Rigen cambios para la consulta de la condición tributar
Desde este mes la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) estableció la vigencia de nuevos parámetros para la constancia de inscripción y la consulta de condición tributaria de los contribuyentes.
Cabe destacar que el procedimiento de consulta obligatoria es aquel que deben realizar determinados sujetos respecto de la situación fiscal que revisten los adquirentes, locatarios, prestatarios, otorgantes, constituyentes, transmitentes, así como los titulares de actos, bienes o derechos, con quienes operan.
En tanto, también estableció a partir de este mes que las constancias de inscripción tendrán un nuevo plazo de 30 días corridos de validez que antes eran de 180 días.
Además, se elevó de $150 a $2000 por transacción el piso a partir del cual corresponde que los sujetos obligados efectúen la consulta de la condición tributaria de los contribuyentes.
Para efectuar la consulta de la condición tributaria, se agregó una transacción de intercambio de información mediante ‘Web Services’, denominada ‘Consulta Constancias de Inscripción’ y a la que se accederá con certificado de seguridad digital obtenido mediante el uso de la Clave Fiscal.
Todos estos cambios fueron introducidos por la Afip a partir de la resolución general 4162 E y entraron en vigencia desde el viernes pasado.