Tipos de perito

A) Perito oficial: profesional que trabaja en relación de dependencia con la Justicia y cuya labor consiste en asesoramiento en una pericia o en un juzgado. Su nombramiento como funcionario implica que forma parte del Poder Judicial.

B) Perito de oficio: para desempeñar este rol, el psicólogo debe inscribirse en las listas de oficio de Tribunales Provinciales en el mes de octubre de cada año, cumplimentando una serie de requisitos infra nombrados. Su relación con la Justicia es un contrato para actuar en determinado juicio, de cualquier fuero, para lo cual es convocado por el juez. Son llamados a actuar mediante oficio o cédula, por sorteo. Al hacerse cargo de la pericia, debe aceptar el cargo y emitir un dictamen pericial, que será agregado al expediente. Sus honorarios serán regulados por el juez.

C) Perito de parte: es el propuesto por las partes interesadas, actor y/o demandado, y su función es la de ser auxiliar de la parte que lo ha contratado, por medio del control o la supervisión de la labor del perito de oficio. A pesar de no tener el deber de aceptar el cargo, deben figurar sus datos en el expediente, a saber, nombre completo, título y domicilio.

Ir a la nota original

MÁS NOTICIAS