Explican qué es el concurso de delitos, según el Código Penal
Si una persona infringe la ley, debe ser juzgada y condenada por la Justicia, con la finalidad de compensar los daños causados a uno o más miembros de la sociedad. Sin embargo, existen situaciones en las que el acusado concretó más de un delito. En este caso, existe lo que la ley penal denomina concurso de delitos, cuando un sujeto es responsabilizado por la comisión de múltiples hechos ilícitos de similar o variada naturaleza jurídica. En relación a esta situación, el Código Penal Argentino determina en su art. 54: "Cuando un hecho cayere bajo más de una sanción penal, se aplicará solamente la que fijare pena mayor". Profesionales del Derecho establecieron que, cuando con intención o sin ella se consuma un delito, pero en su desarrollo se cometen varias infracciones penales, se constituye la imagen llamada se concurso ideal de delitos, lo que se consuma es un solo hecho. Respecto de este concurso ideal, el art. 55 establece que "cuando concurrieren varios hechos independientes reprimidos con una misma especie de pena, la pena aplicable al reo tendrá como mínimo, el mínimo mayor y como máximo, la suma aritmética de las penas máximas correspondientes a los diversos hechos". Por ejemplo, un ladrón que tiene la intención de robar en una casa, primero ingresa a la misma (violación de domicilio), luego fuerza una puerta sellada para acceder al dinero (daño en la propiedad) y finalmente sustrae el botín (robo). Ahora bien, en el caso de tratarse de una persona que lleva adelante varios delitos que son cometidos de forma independiente, se trata de un concurso real. En dicho caso, el art. 56 determina que "cuando concurrieren varios hechos independientes reprimidos con penas divisibles de reclusión o prisión se aplicará la pena más grave, teniendo en cuenta los delitos de pena menor". Un ejemplo se ese caso, lo daría un delincuente que comete un robo en la zona céntrica, semanas después abusa de una menor de edad, al mes protagoniza una gresca que culmina con la muerte de su contrincante, delito por el que es apresado finalmente para comprobar su responsabilidad en los demás hechos. Sin embargo, más allá de las figuras antes mencionadas, existe lo que para el Derecho Penal es considerado como el delito continuado. Éste se da al producirse la repetición de una conducta típica, que no se consideraría como un concurso real, sino como la suma de una serie de hechos dependientes conectados por la finalidad última de esa serie de delitos. Si bien esta imagen no está regulada en el Código de fondo, se entiende que si estos casos se consideraran concurso real se estaría penando por encima del máximo de la pena permitida, que es de 50 años de prisión. Por lo tanto, simplemente se agrava al delito y se establece una pena razonable, para respaldar la intención resociabilizadora de la sanción. Un ejemplo simple de este caso, es el conocido como "robo hormiga", en la que una mujer decide robarle a otra su collar de perlas, pero decide ejecutar el hecho en partes para que sea menos evidente; por esa razón la mujer robará una perla por día, hasta completar el collar. Los delitos de robo son múltiples, pero la finalidad de cada uno de ella es una, obtener el collar de perlas, por lo que se los evalúa y condena como si se tratare de un único delito.