El aporte más bajo de los trabajadores autónomos sube a $1.931 a partir de este mes
La Afip publicó en su sitio
web los nuevos importes a ingresar
mensualmente por los
trabajadores autónomos con
destino al régimen de la seguridad
social, en este caso a partir
del devengado marzo/2019.
Desde el año pasado, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el aumento de los haberes previsionales, señala el consultor Marcos Felice.
La Resolución 4/2019 de la Secretaría de Seguridad Social fijó en el 11,83% el índice de movilidad de las jubilaciones para marzo. Los nuevos importes son los correspondientes al devengado marzo con vencimiento en abril y estarán vigentes hasta mayo con vencimiento en junio.
De acuerdo con estos nuevos valores, la categoría I pasará a pagar $1931,20, la II $2703,66, la III $3862,40, la IV, $6179,82 y la V, $8497,26.
A su vez , fijó los aportes mensuales de los autónomos que realicen actividades penosas riesgosas con un régimen diferencial. Así, la categoría Iprima pagará $2.112,25, la II prima $2957,13, la III prima, $4224,50, la IV prima $6.759,18 y la V prima, $9.293,80.
Desde el año pasado, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el aumento de los haberes previsionales, señala el consultor Marcos Felice.
La Resolución 4/2019 de la Secretaría de Seguridad Social fijó en el 11,83% el índice de movilidad de las jubilaciones para marzo. Los nuevos importes son los correspondientes al devengado marzo con vencimiento en abril y estarán vigentes hasta mayo con vencimiento en junio.
De acuerdo con estos nuevos valores, la categoría I pasará a pagar $1931,20, la II $2703,66, la III $3862,40, la IV, $6179,82 y la V, $8497,26.
A su vez , fijó los aportes mensuales de los autónomos que realicen actividades penosas riesgosas con un régimen diferencial. Así, la categoría Iprima pagará $2.112,25, la II prima $2957,13, la III prima, $4224,50, la IV prima $6.759,18 y la V prima, $9.293,80.