Rige desde hoy el certificado electrónico para operaciones inmobiliarias en Santiago
A partir de hoy entrará en vigencia el Certificado para Escriturar Electrónico implementado por la Dirección General de Rentas (DGR), un documento similar a un libre deuda con el que se reemplazará al solicitado hasta ahora en forma manual, y que podrá ser gestionado por los escribanos públicos a través de la página web de Rentas.
La medida forma parte de “la política de modernización y eficiencia administrativa, orientada a la optimización de los servicios que presta a los contribuyentes o responsables, que implementa procesos administrativos ágiles y expeditivos tendientes al perfeccionamiento de las operatorias”, destacó la resolución 30 que implementó el certificado electrónico.
Desde la DGR indicaron que “la solicitud del Certificado para Escriturar Electrónico deberá realizarla el escribano público, accediendo con su Cuit y Clave Fiscal al sitio web www .dgrsantiago.gov.ar, en el módulo “Mis Trámites”, opción “Solicitud de Certificado para Escriturar”, completando todos los campos requeridos por el sistema: Impuesto Urbano o Rural, Identificación del Inmueble y Número de Registro Notarial”.
Detallaron que “el Sistema expedirá el Certificado para Escriturar Electrónico (F.008) y el escribano podrá imprimirlo desde la web, cuando el inmueble por el cual solicita el certificado no tenga deuda”. Agregaron que “en caso de observarse inconsistencias de datos, falta de pago de períodos y/o cualquier otra situación que impida emitir el certificado, por la misma vía web la DGR informará al Escribano sobre las observaciones y la documentación necesaria para subsanarla”. Puntualizaron que “el plazo para expedir el certificado será de 5 días, a contar desde la fecha de la solicitud ingresada vía web”.l