DEFENSOR DEL PUEBLO

Planes de autoahorro: Lionel Suárez instó a administradoras a respetar la medida cautelar

El defensor del Pueblo de la provincia, Dr. Lionel Enrique Suárez, anunció que, en el marco del amparo y la medida cautelar dictada por la Justicia -por el incremento imprevisible del valor de las cuotas de los planes de ahorro previo para automotores-, se habilitó un link para consultar el recálculo de las alícuotas.

El ombudsman indicó que la información se puede consultar en la página web del organismo www .defensorsantiago.gob .ar, en el link: (http://defensor santiago.gob.ar/formula-para-el-recalculo-de-cuotas-de-planes-de-ahorro/).

Es un servicio digital destinado a todos los ahorristas para el cálculo automático, de un valor indicativo de la alícuota a pagar a lo que el usuario debe adicionar el seguro de vida, seguro prendario y/u otros gastos administrativos que se venían abonando. Suárez señaló que corresponde depositar en una cuenta bancaria habilitada al efecto en la Justicia (Juzgado de Paz Letrado de Primera Nominación).

En diálogo con la prensa, Suárez señaló: “Ofrecemos a los ahorristas una planilla de cálculo del índice de actualización, siguiendo los considerandos que establece la medida judicial, siendo facultad de los ahorristas acogerse o no a este beneficio. La cuenta judicial se encuentra habilitada, en el Juzgado de Paz Letrado de Primera Nominación dentro del término de los 20 días de haberse notificado a las empresas administradoras”.

Como se recordará, el mandato judicial ordena a las administradoras “retrotraer el valor de las cuotas impagas, al valor facturado individualmente al mes de abril de 2018, ajustando cada una, por el Índice de Variación Salarial (IVS)- Fuente: Indec-, establecido en el Decreto PEN 762/2002 en dicho periodo, tanto para los suscriptores que se encuentren en periodo de ahorro o sean deudores prendarios en periodo de amortización, cuyos domicilios o lugar de cumplimiento de contrato, se encuentren dentro de la provincia de Santiago del Estero”.

La cautelar establece “un plazo de 30 días corridos, a partir de la notificación en los domicilios de las administradoras, para que las mismas procedan a emitir el saldo adeudado de las cuotas impagas, ponerlas a disposición de los suscriptores, bajo apercibimiento de liquidación y consignación judicial de dichos montos”.-

También ordena “el plazo de 20 días para la cancelación de los montos liquidados por parte de los suscriptores, los que se computarán a partir de la comunicación establecida en el punto 1 o del vencimiento del plazo establecido en el punto 2 del presente (notificación), en cuyo caso deberán presentar judicialmente, dentro del último plazo, la liquidación y el depósito en la cuenta abierta a nombre de los presentes autos”.-

En cuanto a las cuotas a devengarse a partir del mes de agosto 2019, las administradoras “deben aplicar para su liquidación el Índice de Precios Consumidor (IPC) Fuente: Indec”, informó la Defensoría.

En todos los casos, el ahorrista deberá anoticiar al juzgado acompañando la constancia del depósito indicando la administradora del plan al que corresponde, para comunicarle la disponibilidad del pago.

Asimismo, informó Suárez que “la Defensoría del Pueblo de la provincia ha contestado tres apelaciones, que las administradoras han planteado esta semana, contra la medida cautelar”.

E instó “a las administradoras de planes de ahorro, que no se han ajustado a la medida cautelar dictada, a adecuar las cuotas, y generar el espacio de una mesa de negociación, y evitar que se soliciten las sanciones judiciales correspondientes ante la conducta renuente”.l


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