AUTOPISTA

Chocó y mató a un joven hace 13 años: ayer lo condenaron y le retienen el carné de conductor

Esteban Valentín Solmesky recibió 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación de 5, para conducir.

Trece años después de atropellar y matar a un adolescente en la autopista, un automovilista fue condenado ayer a tres años de prisión en suspenso, más cinco de inhabilitación para conducir, incluida la retención del carnet de conducir y la obligación de realizar un curso especial en Tránsito de la Municipalidad.

Allí se sintetizan las reglas de conducta del vocal Alfredo Pérez Gallardo, en el epílogo de un juicio abreviado, acordado entre defensa y Fiscalía.

Según la investigación, el 12 de abril del 2007, a las 20,30, Esteban Valentín Solmesky, conducía una camioneta Volkswagen Caddy a casi 100 kilómetros por hora.

Así, atropelló al adolescente Juan Cruz Flores, quien salió despedido y cayó sin vida a 25 metros.

El epicentro del horror fue a la altura del desvío que conduce hacia el ingreso del Bº Mishqui Mayu. Allí, el jovencito dejó de existir casi en el acto.

Solmesky huyó y posteriormente fue identificado y apresado. Tenía 21 años y hoy, 34. Reside en el Bº Alberdi y ahora fue condenado por ‘homicidio culposo’ en accidente de tránsito.

La sentencia, acordada entre la defensa, César Turk y el fiscal Álvaro Cantos, incluyó ‘la pena de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículos por el término de cinco años.

La resolución del vocal tiene mayores alcances, en base a las siguientes reglas de conducta: ‘Fijar domicilio de donde no podrá ausentarse por más de 48 horas sin autorización del Tribunal’; ‘Presentarse una vez cada tres meses en la Omas de la Circunscripción Judicial de la Capital; ‘No cometer nuevos delitos’; ‘No consumir estupefacientes de ningún tipo, ni ingerir alcohol en exceso’.

En forma novedosa, el camarista dispuso que Solmesky ‘realice un curso intensivo sobre conducción vehicular urbana y convivencia ciudadana, el que será dictado por las autoridades de la Dirección de Transito de la Municipalidad de la Ciudad Capital, las que deberán otorgar la correspondiente certificación y remitirla a este Tribunal’.

No es todo. También ordenó que se oficie a Omas ‘a sus efectos y a la Municipalidad de la ciudad Capital-Dirección de Transito o, en su caso a la Dirección Provincial de Transporte, a los fines de que en el término de 5 días de recibido el oficio pertinente, retenga la licencia de conducir del condenado la que le será repuesta una vez cumplida la pena impuesta’.

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