El Gobierno promulgó el Régimen Penal Juvenil: sus principales puntos
La medida fue oficializada este lunes a través del decreto 138/2026, publicado en el Boletín Oficial durante la madrugada.
Tras haber sido aprobada por el Senado, el Gobierno promulgó la Ley 27.801, que establece un nuevo Régimen Penal Juvenil y reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. La medida fue oficializada este lunes a través del decreto 138/2026, publicado en el Boletín Oficial durante la madrugada.
La sanción de la norma había sido uno de los puntos centrales de las sesiones extraordinarias del Congreso y representó un triunfo legislativo para el oficialismo. En la Cámara alta, el proyecto obtuvo 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención.
Entre los principales cambios, la legislación fija un nuevo esquema de responsabilidad penal para adolescentes y define un sistema de penas que contempla la edad del menor y las circunstancias del delito.
Cómo será el nuevo Régimen Penal Juvenil
El texto aprobado establece que el régimen de sanciones deberá tener como objetivo principal la educación y la resocialización del adolescente, con el propósito de facilitar su reinserción social y laboral.
En ese sentido, la ley señala que la privación de la libertad debe ser aplicada como último recurso y por el tiempo más breve posible. Además, prohíbe expresamente la aplicación de penas perpetuas o de duración indefinida, así como la generación de antecedentes penales permanentes.
La normativa también determina que cualquier medida que implique restricción de la libertad durante el proceso deberá estar debidamente fundamentada en la existencia de riesgos procesales.
Respecto al alojamiento de los menores detenidos, la ley dispone que, en caso de ser necesario el encierro, deberán permanecer en dependencias especialmente acondicionadas y separadas de personas adultas, bajo la supervisión de personal capacitado para el trato con adolescentes.
Procesos más rápidos y jueces especializados
Otro de los puntos incluidos en la normativa apunta a acelerar los procesos judiciales cuando los imputados sean menores de edad, especialmente en los casos en que se encuentren detenidos con prisión preventiva.
La ley advierte que una demora injustificada en el avance de la causa, una vez intimado el hecho al adolescente, podría derivar en responsabilidad disciplinaria para el magistrado interviniente.
Además, el nuevo régimen establece la especialización obligatoria de jueces, fiscales y defensores en materia penal juvenil.
En los casos en que intervengan menores inimputables, el texto prevé la participación del Poder Judicial para investigar lo ocurrido y disponer medidas de carácter protector o curativo, bajo la órbita de la justicia civil.
Qué dice la ley sobre los derechos de las víctimas
La normativa también incorpora de forma expresa los derechos de las víctimas de delitos cometidos por adolescentes. Entre otros puntos, garantiza su participación durante el proceso penal juvenil y el acceso a información sobre el avance de la causa.
El texto reconoce el derecho de las víctimas a ser escuchadas, recibir información clara sobre sus garantías procesales y solicitar medidas de protección.
Asimismo, establece que, en los casos en los que se comprueben daños, podrá exigirse responsabilidad civil a los padres o responsables legales del menor, quienes deberán responder patrimonialmente según lo determine la sentencia judicial.
La ley también contempla instancias de mediación o conciliación, siempre que la víctima lo acepte de manera libre e informada y que el tipo de delito permita este tipo de resolución restaurativa.