Rechazaron el pedido de Claudio Tapia para salir del país
Se agrava la situación del presidente de la AFA a 78 días del Mundial.
El juez en lo penal económico Diego Amarante le negó este miércoles al presidente de la AFA, Claudio "Chiqui" Tapia, la salida del país, en el marco de la causa contra esa entidad por retención indebida de aportes.
El dirigente había solicitado a la Justicia ausentarse del país por un período de 60 días, cuando faltan 78 días para el comienzo del Mundial de Estados Unidos, Canadá y México.
En la resolución, el magistrado consideró que "la imprecisión de los motivos alegados, sumada a la falta de actualidad de la documentación y los antecedentes de conducta reseñados, impiden realizar el examen de proporcionalidad necesario para flexibilizar la medida vigente".
"No obsta a lo expuesto que este tribunal haya otorgado autorizaciones de mayor extensión en otros legajos, toda vez que dicha facultad se encuentra supeditada a una valoración integral y casuística de cada supuesto particular, extremo que en el presente caso no se verifica con la solidez necesaria para acceder a lo peticionado", añadió.
El pedido de Tapia
La defensa del dirigente había presentado un pedido para que se le permitiera viajar al exterior durante dos meses a partir del 20 de marzo, fecha en la que vence la autorización previa. Sin embargo, el juzgado evaluó la solicitud y concluyó que no correspondía otorgar el permiso, debido a la falta de información precisa sobre los destinos y actividades previstas.
Los abogados de Tapia habían argumentado que el planteo se apoyaba en el derecho constitucional a circular libremente y en la inexistencia de riesgo de fuga u obstaculización del proceso. También destacaron el arraigo del dirigente y su "conducta procesal irreprochable", al sostener que se presentó a derecho y cumplió con todas las obligaciones impuestas por el tribunal.
Además, la defensa mencionó invitaciones y compromisos institucionales que, a su criterio, justificaban la urgencia del viaje, e invocó precedentes judiciales en los que se concedieron autorizaciones similares. En esa línea, afirmaron que el pedido "se ajusta a los estándares procesales vigentes al fundarse en la inexistencia de un peligro real de fuga o de obstaculización, permitiendo mantener el control judicial sin imponer cargas desproporcionadas al imputado ni al órgano jurisdiccional".
"El pleno sometimiento a la jurisdicción se verificó objetivamente con su comparecencia a prestar declaración indagatoria, acto en el cual ejerció su defensa material sin que se registraran incidentes o dilaciones de ningún tipo atribuibles a su parte", agregaron a la justificación.