Santiago

Alertan por el impacto social de la quita de compensaciones al transporte para personas con discapacidad

La Resolución 28/2026 eliminó los subsidios que el Estado nacional otorgaba a las empresas de larga distancia por los pasajes gratuitos para personas con discapacidad, trasplantadas y niños con cáncer. Especialistas advierten sobre riesgos de exclusión, aumentos tarifarios y profundización de desigualdades regionales.

La Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte abrió un fuerte debate en torno al futuro del sistema de pasajes gratuitos para personas con discapacidad, pacientes trasplantados y niños con cáncer. La medida elimina el régimen de compensaciones económicas que el Estado nacional abonaba a las empresas de transporte de larga distancia por el traslado de beneficiarios con Certificado Único de Discapacidad (CUD) y otros grupos contemplados por la normativa vigente.

El argumento oficial sostiene que, tras la implementación del régimen de "libertad tarifaria" establecido mediante el Decreto 883/2024, las empresas cuentan ahora con capacidad suficiente para absorber esos costos dentro de su propia estructura económica, sin necesidad de recibir compensaciones estatales.

Sin embargo, distintos especialistas y organizaciones advirtieron sobre una serie de riesgos y consecuencias negativas derivadas de la eliminación de dichas compensaciones.

1. Riesgo de restricción indirecta del derecho al transporte gratuito

Aunque la Resolución sostiene que "no se afecta el derecho a la gratuidad" de las personas beneficiarias, especialistas advierten que en la práctica podría ocurrir lo contrario.

Las empresas podrían limitar cupos de pasajes gratuitos, reducir frecuencias en rutas menos rentables, generar mayores trabas burocráticas, dificultar reservas o negar disponibilidad alegando falta de plazas.

De esta manera, el derecho podría seguir existiendo formalmente, pero verse restringido materialmente al momento de ejercerlo.

El impacto sería especialmente delicado para personas con discapacidad, pacientes oncológicos, personas trasplantadas y ciudadanos del interior profundo que deben trasladarse hacia centros de salud.

2. Posible aumento generalizado de tarifas

La Resolución parte de la idea de que las empresas podrán "internalizar" el costo de los pasajes gratuitos dentro de sus tarifas.

Eso implicaría que los usuarios comunes terminen financiando indirectamente un costo social que antes asumía parcialmente el Estado.

Especialistas advierten que esto podría derivar en aumentos de boletos y un mayor costo del transporte interjurisdiccional.

En un contexto inflacionario y de caída del poder adquisitivo, el escenario podría provocar menor movilidad, caída de pasajeros y profundización de desigualdades regionales.

3. Concentración empresarial y desaparición de pequeñas empresas

Otro de los puntos señalados es el impacto desigual que tendría la medida sobre las empresas de transporte.

Mientras las grandes compañías podrían absorber parcialmente estos costos, empresas medianas, operadores regionales y corredores de baja rentabilidad podrían entrar en crisis financiera.

Entre las consecuencias posibles aparecen el cierre de líneas, la monopolización del transporte, una menor competencia real y el abandono de rutas no rentables.

Paradójicamente, sectores críticos sostienen que una medida presentada como promotora de "libertad de mercado" podría terminar favoreciendo la concentración económica.

4. Impacto desigual en provincias periféricas

Las provincias del NOA y NEA aparecen entre las más vulnerables frente al nuevo esquema.

Distritos como Santiago del Estero, Formosa, Chaco, Jujuy, Salta, Catamarca y Misiones dependen en gran medida del transporte terrestre debido a la menor conectividad aérea y ferroviaria y a las largas distancias sanitarias y educativas.

Por eso, especialistas sostienen que la eliminación de compensaciones podría profundizar las asimetrías federales y afectar especialmente a las regiones periféricas del país.

5. Transferencia del costo social desde el Estado al sector privado

El sistema anterior reconocía que el transporte gratuito constituía una política pública social y, por lo tanto, debía ser parcialmente financiada por el Estado.

Con la nueva Resolución, el Estado mantiene la obligación legal de garantizar el derecho, pero deja de financiarlo, trasladando el costo al operador privado.

Esto genera una contradicción: se sostienen formalmente derechos sociales, aunque se debilitan los mecanismos económicos necesarios para garantizar su cumplimiento efectivo.

6. Riesgo de judicialización

La medida podría derivar en múltiples presentaciones judiciales.

Empresas de transporte podrían iniciar acciones alegando alteración de la ecuación económico-financiera, confiscatoriedad indirecta o imposición de cargas públicas sin compensación.

Al mismo tiempo, organizaciones sociales y asociaciones vinculadas a la discapacidad podrían impulsar amparos colectivos y reclamos por vulneración indirecta de derechos humanos, discriminación estructural y regresividad en materia de derechos sociales.

7. Debilitamiento del concepto de Estado Social

La Resolución también reabrió el debate sobre el rol del Estado en materia de políticas públicas y asistencia social.

Para algunos sectores, la medida expresa una concepción donde el mercado reemplaza mecanismos compensatorios estatales y la política social queda subordinada a la lógica de competencia.

Desde esta mirada, la decisión implicaría una retracción del rol protector del Estado y una reducción progresiva de subsidios sociales indirectos.

8. Contradicción entre libertad tarifaria y obligación legal

Especialistas también advierten una tensión entre la ampliación de la libertad tarifaria para las empresas y la permanencia de obligaciones públicas impuestas compulsivamente por el Estado.

Mientras las compañías obtienen mayor libertad para fijar precios, continúan obligadas a otorgar pasajes gratuitos.

Según sostienen, esta contradicción podría derivar en encarecimiento artificial de boletos, segmentación de servicios y discriminación indirecta hacia pasajeros beneficiarios de la gratuidad.

9. Debilidad del control estatal

Otro de los cuestionamientos apunta a la falta de mecanismos concretos de fiscalización.

Si bien la Resolución encomienda a la CNRT garantizar el cumplimiento de la emisión de pasajes gratuitos, no incorpora nuevos controles, auditorías específicas, sanciones adicionales ni herramientas digitales transparentes de seguimiento.

Por ello, especialistas advierten sobre riesgos de incumplimientos masivos, discrecionalidad empresaria y falta de trazabilidad en el acceso al beneficio.

Conclusión

La Resolución 28/2026 representa un cambio profundo en la política pública de transporte y asistencia social.

Aunque jurídicamente mantiene el derecho al pasaje gratuito, económicamente: desfinancia el sistema; traslada costos al mercado; incrementa riesgos de exclusión; profundiza desigualdades regionales y sociales.

El principal peligro no es la eliminación formal del derecho, sino su vaciamiento práctico y operativo. En definitiva, puede generarse una situación donde: "el derecho exista en la ley, pero se torne cada vez másdifícil ejercerlo en la realidad".

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