Policiales

Imputan a dos médicas de un sanatorio por trágico "nacimiento" y "falsificación de documento"

INVESTIGACIÓN: La Fiscalía habría indagado ya a las dos profesionales. También, tomado testimoniales al personal que intervino en el parto. En especial, a los padres.

El parto se registró en septiembre de 2025. Los padres afirman que su hija nació muerta, pero los informes aluden a una reanimación infructuosa. Cargo dominante, presunto "homicidio culposo". PROCESO PENAL Los padres son oriundos de Añatuya; querellantes, Carla Sequeira y Paula Leguizamón. La historia, trama y protagonistas

Dos médicas de esta capital fueron imputadas por la Justicia, sospechosas en el malogrado parto de una beba y cuya madre no habría sido registrada en los libros del sanatorio para el alumbramiento.

"Homicidio culposo y falsificación de documento" serían los cargos enrostrados por la fiscal, Luciana Jacobo, a las dos profesionales con funciones en un sanatorio de esta ciudad. Ellas son M.B., tocoginecóloga, más la médica pediatra y neonatóloga M.C.

Las querellantes son Carla Sequeira y Paula Leguizamón (foto), quienes requerirán una serie de medidas en la semana que comienza, confiaron los voceros judiciales. Los padres denunciantes, Ángela Leguizamón y Cristian Paz.

Oriundos de Añatuya

La historia destaca que los padres residen en la ciudad de Añatuya, departamento General Taboada. Como se trataba de su primer hijo, resolvieron documentar toda la gestación, desde los estudios preliminares, del minuto uno al noveno mes.

Sin que las profesionales advirtiesen nada fuera de lugar, nadie alertó que fuera a tratarse de un embarazo de riesgo. Al cumplirse la semana 40, la pareja se trasladó al sanatorio.

Fieles al deseo de grabar y filmarlo todo para mostrárselo a su hija cuando creciera, la pareja ingresó al centro de salud el 4 de septiembre. Trascendió que la madre comenzó a experimentar fuertes dolores y una profusa hemorragia.

Desesperada, habría requerido una cesárea, pero la tocoginecóloga (M.B.) la habría persuadido para intentar un parto natural.

Horas después, llegó una beba a este mundo toda morada. Urgente, los médicos pidieron suspender la filmación, ya que el cuadro era de extrema gravedad.

Entre corridas y padres angustiados, las médicas habrían conducido a la recién nacida a otra sala (Sala de Neo). Pese a los denodados esfuerzos, las profesionales habrían confirmado el deceso a las 48 horas.

Formalizan denuncia

Lejos de resignarse, los padres habrían formalizado la denuncia. Actuó la policía y la Fiscalía (foto), quien solicitó la autopsia correspondiente.

Siempre sobre la base de la documentación, los denunciantes habrían declarado que una enfermera confió al padre que la bebé nació muerta, pero las profesionales constaron en los informes "tareas de reanimación".

Ante presunciones de anomalías, las dos profesionales han sido imputadas e indagadas, confirmaron las profesionales.

Nueve meses después, la Fiscalía también recibió testimoniales al personal que participó del parto, a los padres denunciantes y secuestró la documentación correspondiente, cuyo análisis es potestad de la fiscal y de las abogadas querellantes.

"Queremos introducir la violencia de género en modalidad obstétrica"

Para las querellantes, la Fiscalía debe investigar también por qué "nuestra asistida no fue registrada en los libros del sanatorio para un parto", lo cual recién habría salido a la luz ya con la posterior investigación.

"Nuestra pretensión como querella también es introducir la violencia de género, en modalidad obstétrica", señaló Sequeira a EL LIBERAL.

"La Justicia debe valorar la circunstancia de extrema vulnerabilidad por la situación que estaba atravesando la madre. La violencia obstétrica constituye una manifestación específica de violencia contra la mujer reconocida por el ordenamiento jurídico argentino. La Ley 26.485, en su artículo 6 inciso e, la define como aquella ejercida por el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada mediante un trato deshumanizado, el abuso de medicalización o la patologización de procesos naturales, afectando su autonomía, dignidad, integridad y capacidad de decisión", subrayó la letrada.

Información clara

"A ello se suma lo dispuesto por la Ley 25.929, que reconoce a toda mujer el derecho a recibir información clara y suficiente sobre su estado de salud, a ser tratada con respeto, a participar en las decisiones relativas a su atención y a recibir asistencia sanitaria adecuada conforme a las mejores prácticas médicas disponibles".

Sequeira profundizó: "En consecuencia, la investigación penal no puede limitarse exclusivamente al análisis técnico de los actos médicos realizados, sino que debe incorporar una perspectiva de género que permita determinar si las conductas desplegadas por los profesionales implicaron también una vulneración de los derechos humanos de la víctima en el marco de una situación de violencia obstétrica".

Resultado fatal

Esa hipotética circunstancia, para la abogada, "reviste especial gravedad porque el resultado fue la muerte de su hija recién nacida y un profundo menoscabo físico y emocional para su madre", ahondó.

"La incorporación de esta perspectiva no tiende a modificar la calificación legal actualmente atribuida a los hechos, sino garantizar una investigación integral, conforme a los estándares constitucionales, convencionales y legales vigentes, valorando el contexto en el que se produjo la atención médica y las particulares condiciones de vulnerabilidad en las que se encontraba la víctima", enfatizó la profesional a esta redacción.

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