La Afip informó nuevos vencimientos para las presentaciones de DDJJ, pagos y anticipos La Afip informó nuevos vencimientos para las presentaciones de DDJJ, pagos y anticipos
De acuerdo con lo establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos, se traslada el vencimiento de las presentaciones de las declaraciones juradas determinativas de Bienes Personales e Impuesto a las Ganancias al mes de junio.
Asimismo, se prorroga la presentación del Siradig al 31 de marzo del corrientes año para los trabajadores. También, se prorroga para los empleadores la presentación de la liquidación final de Ganancias de 4ta categoría de sus empleados al 30 de abril.
Cuando el importe bruto de las rentas obtenidas en el año fiscal, resulte igual o superior a $1.000.000, el beneficiario de las mismas deberá presentar las declaraciones informativas de Ganancias y Bienes Personales.
El ingreso de los anticipos deberá efectuarse cuando el importe que se determine resulte igual o superior a la suma de $1.000, los días de cada uno de los meses de agosto, octubre y diciembre del primer año siguiente al que deba tomarse como base para el cálculo, y de los meses de febrero y abril del segundo año calendario inmediato posterior, que se indican a continuación: Para los Cuit finalizados en 0,1,2 ó 3, tendrán hasta el día 13, inclusive. Para los finalizados en 4,5 ó 6, hasta el día 14, inclusive. Asimismo, para los terminados en 7,8 ó 9, lo podrán hacer hasta el día 15, inclusive.
IVA
Por otro lado, también se han determinado nuevas fechas de vencimiento para IVA y Recursos de la Seguridad Social. En el caso del IVA mediante la RG 715, artículo 7° y N° 1.745, artículo 10.
El cronograma de enero a diciembre fijado es el siguiente: para las terminaciones de Cuit en 0 y 1, el día de vencimiento opera el 18, tanto para la presentación de declaraciones juradas, los F731, F. 810 y F. 2002 y el pago. Para los finalizados en 2 y 3, los días 19. Para 4 y 5, los días 20, para 6 y 7, los días 21 y para los terminados en 8 y 9, los días 22.
En tanto, para los incluidos en la RG 4010, artículo 21, los vencimientos de enero a diciembre, son los siguientes: Para las Cuit terminadas en 0 y 1, el día de vencimiento es el 18 y el plazo de presentación de la DDJJ, F731 y F2002, y el pago, opera el 18 del segundo mes posterior al vencimiento de la declaración jurada.
Para las Cuit terminadas en 2 y 3, el vencimiento es el 19 y la presentación de las DDJJ y los formularios, el día 19 del segundo mes posterior al vencimiento de la declaración jurada.
En tanto, para las terminadas en 4 y 5, el vencimiento opera el 20, mientras que el día 20 del segundo mes posterior al vencimiento de la declaración jurada expira el plazo de presentación de la DDJJ y los formularios respectivos.
A su vez, las Cuit 6 y 7, tienen vencimiento el 21 y la presentación de declaraciones y formularios es el día 21 del segundo mes posterior al vencimiento de la declaración jurada.
Asimismo, para las Cuit 8 y 9,cuyo vencimiento es el 22, el plazo de presentación es hasta el día 22 del segundo mes posterior al vencimiento de la declaración jurada.
Seguridad social y autónomos
En cuanto a los regímenes nacionales de la Seguridad Social y de Obras Sociales, cuotas con destino a las aseguradoras de riesgos del trabajo, aportes y contribuciones respecto de determinadas prestaciones dinerarias, en el caso de empleadores el cronograma queda conformado de la siguiente manera de enero a diciembre: para los Cuit terminados en 0,1,2 y 3 el día de vencimiento presentación de declaración jurada F931 y pago, operará el día 9. Para los Cuit terminados en 4,5 y 6, el día 10 y para los 7,8 y 9, los días 11.
Asimismo, los trabajadores autónomos activos y beneficiarios de prestaciones previsionales que ingresen, reingresen o continúen en actividad en calidad de trabajadores autónomos.
Según la terminación de Cuit el día de vencimiento y pago será para las 0,1,2 y 3, los días 5. A su vez, para las Cuit terminadas en 4,5 y 6, será el día 6 el pago y vencimiento y para la Cuit terminadas en 7,8 y 9, el día 7 de cada mes.







