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El Gobierno decreta la Emergencia Vial y de Abastecimiento en toda la Provincia

08/03/2014 04:30 Política
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El Gobierno decreta la Emergencia Vial y de Abastecimiento en toda la Provincia El Gobierno decreta la Emergencia Vial y de Abastecimiento en toda la Provincia

La gobernadora Claudia Zamora firmó sendos decretos de Necesidad y Urgencia, en los que declara por un lado, en Emergencia el Abastecimiento de bienes y servicios, y la protección de la salud (ver nota aparte); y por otro, la Emergencia vial, en todo el territorio provincial, en virtud de los altos índices de accidentes viales. Ambos DNU regirán por un año.

Con respecto a la Emergencia Vial, vale recordar que durante enero y febrero de este año, ante la gran cantidad de víctimas fatales por accidentes de tránsito, ONG que trabajan en la problemática y el oficialismo en la Cámara de Diputados, sostuvieron a través de las páginas de EL LIBERAL, que declarar la Emergencia Vial, era una herramienta que debía analizarse seriamente.

Anoche, la gobernadora Claudia Zamora firmó el DNU N° 372 que declara la Emergencia Vial. En sus consideraciones, señala el alto índice de accidentes viales diarios con pérdida de vidas humanas en la provincia, “uno de los mayores del país”.

Se remarca que “la alarmante realidad cotidiana requiere la urgente intervención del Estado que promueva nuevas prácticas”, para el respeto a las normas de tránsito y sostiene que la exigencia tiene que estar orientada en un comienzo a los agentes y funcionarios de la administración pública, que “tendrán la obligación de respetar la normativa vial en todo momento como deber legal”, ya que el “incumplimiento traerá aparejado sanciones administrativa sanciones que van de apercibimiento, suspensión sin goce de haberes y cesantía”.

Medidas rigurosas

*Se creará un cuerpo especial de seguridad vial dependiente de la Policía, que controlará el cumplimiento de leyes vigentes, sumando tecnología al registro de infractores y sanciones progresivas que podrán ser aplicadas en el lugar y momento que se detecten.

*Se prohibirá la venta de combustible a menores de edad y a los motociclistas que no usen casco protector. El incumplimiento de esta medida, podrá dar lugar a la sanción de clausura de la estación de servicio.

*Los vehículos secuestrados, cuyos titulares de dominio no se presentaran a estar a derecho, serán pasibles de ser puestos en subasta, afectados a servicios públicos o compactados.

*Se conformará el Registro provincial de infractores a las normas de tránsito en el ámbito de la Dirección General de Seguridad Vial de la Policía.

*Para armonizar las normativas de tránsito y seguridad vial se aprobó el Código de Faltas de Transito provincial, un compendio normativo basado en los principios liminares de las normas de tránsito nacionales 24.449 y 26.363.

*Las faltas estarán bajo la órbita de la Justicia de Faltas de Tránsito Provincial, que tendrá competencia en el juzgamiento de conductas infractoras de las leyes de tránsito y seguridad vial conforme la presente ley, y actuará el ámbito del Ministerio de Seguridad.

*Un equipo interministerial, coordinado por el jefe de Gabinete de la Provincia será el encargado de diseñar las estrategias y el desarrollo de las acciones necesarias para la aplicación del instrumento legal, cuya autoridad de aplicación será la Secretaría de Seguridad. Se remarca que “el rol de los municipios en el control del tránsito urbano hace a sus funciones esenciales y no es intención su sustitución sino la complementación de recursos y acciones” por lo que el Poder Ejecutivo invita a todas las municipalidades a adherirse a esta ley.

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