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Funcionaria debe cesar de hacer uso electoral de programas nacionales

12/10/2017 00:00 Política
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Funcionaria debe cesar de hacer uso electoral de programas nacionales Funcionaria debe cesar de hacer uso electoral de programas nacionales

Dando lugar a una medida solicitada por el fiscal federal Pedro Simón, el juez federal Guillermo Molinari libró un oficio a la Anses y a la Agencia de Desarrollo Social con sede en la provincia, para que se adecuen a las disposiciones del Código Electoral Nacional, "debiendo cesar en la publicación y desarrollo de actividad institucional con participación de candidatos de cargos electivos" en las próximas elecciones nacionales del 22 de octubre.

El fallo del magistrado está vinculado a la denuncia que interpuso el partido Cruzada Santiagueña contra la Dra. Natalia Neme, coordinadora de Desarrollo Humano y Hábitat de la Nación, que por ser candidata a diputada nacional por Cambiemos, violó la prohibición que establece el artículo 64 quater, segundo párrafo, del Código Nacional Electoral, al realizar campaña con programas que dependen de estos dos organismos y hacer una "gira proselitista" por el interior cuando ya estaba en vigencia de la veda.

Además, el fallo del juez federal establece que cumplidas las medidas (cesar el uso electoral) las actuaciones retornen al fiscal federal para la instrucción de la causa contra Neme y los funcionarios de la Anses y Desarrollo Social de la Nación, implicados en esta infracción al Código Electoral Nacional.

Se recordará, los candidatos del Frente Cruzada Santiagueña a nivel provincial y del Partido Popular, en el ámbito nacional, Francisco Cavallotti, José Antonio Azar, Carlos Eduardo Díaz y Eduardo Font, comparecieron al Juzgado Federal Electoral para formalizar la denuncia contra la Dra. Natalia Neme por "violación a la prohibición de realizar publicidad durante la campaña de actos de gobiernos".

Los denunciantes habían solicitado el cese de toda actividad de Anses Nación y Desarrollo Social en localidades del interior santiagueño, atento a la "infracción del artículo 64 quáter del Código Electoral Nacional".

Adujeron que con dicho operativo del Estado nacional se "promueven expresamente, la captación del sufragio a favor de la fuerza política de Cambiemos y/o contra cualquier otra fuerza política que incurra en la violación de la prohibición que establece el artículo 64".

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