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Las funciones del presidente de mesa y de los fiscales

17/10/2017 00:00 Política
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Las funciones del presidente de mesa y de los fiscales Las funciones del presidente de mesa y de los fiscales

A través de su sitio web, la Dirección Nacional Electoral (Dine) también difundió en un instructivo, cuáles son las funciones del presidente de mesa en una elección, como también la de los fiscales.

Con respecto a los presidentes de mesa, la Dine remarca que "es la máxima autoridad de la mesa de votación y ejerce sus funciones con absoluta independencia".

Remarca que "tiene el deber de estar presente durante los comicios, siendo ineludible su presencia en la apertura y clausura del acto electoral, labrando las actas correspondientes". Asimismo, resalta que "debe velar por el correcto y normal desarrollo del acto comicial en su mesa" y que para ello "las fuerzas de seguridad están a su disposición respecto del funcionamiento y orden en la mesa a su cargo".

En tanto, recuerda que un presidente de mesa "responde de sus actos ante el Juzgado Federal con competencia electoral que lo designó".

Sobre las funciones de los fiscales, la Dine recuerda que las agrupaciones políticas que participen en las elecciones, podrán nombrar un fiscal para que las represente ante cada mesa receptora de votos. "Asimismo, podrán designar fiscales generales en los establecimientos de votación, quienes tendrán las mismas facultades y estarán habilitados para actuar simultáneamente con el fiscal acreditado ante cada mesa".

Y precisa: "La misión de los fiscales será la de controlar y verificar durante el transcurso del acto eleccionario, el debido cumplimiento de las disposiciones legales vigentes".

Destaca, además, que las atribuciones de un fiscal son: "Entrar y salir libremente del establecimiento de votación y pedir que se examine el cuarto oscuro cuantas veces consideren necesario". También, "estar presentes cuando se cierren y tapen las ventanas, y las puertas del recinto que habilitarán para el cuarto oscuro, entregar las boletas de la agrupación política que representan a las autoridades de mesa para su colocación en el cuarto oscuro, y su eventual reposición, y controlar la existencia del elector en el padrón y eventualmente solicitar la impugnación de su identidad".

Otra función importante que tiene el fiscal, refleja, es la de "presenciar el escrutinio de mesa y, en su caso, recurrir los votos por las razones que la ley contempla; reclamar ante cualquier irregularidad"; y "solicitar, al finalizar el acto electoral, el certificado de escrutinio con los resultados correspondientes, en la mesa en la que actuaron".

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