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Descargas on line, gaseosas, cigarrillos y jugos, consumos que ahora tributarán más

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GASEOSAS. La alícuota sube al 17%

14/11/2017 00:00 Política
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La reforma tributaria elaborada por el Gobierno nacional ingresó ayer al Congreso para su tratamiento y en sus doce títulos y 220 páginas, incluyen cambios en Ganancias,seguridad social, en el régimen penal tributario y en el IVA, impuesto que impactará en los bolsillos de los consumidores santiagueños si se aprueba sin cambios el proyecto que ingresó a la Cámara de Diputados.

Un mayor alcance a diferentes actividades no contempladas por parte del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la suba de alícuotas a productos de consumo masivo, serán modificaciones que tendrán un fuerte impacto en los consumidores santiagueños.

Prestaciones on line

A partir de la sanción del proyecto de ley, todos los que bajen películas de plataformas como Netflix o música desde otras como Spotify , juegos, videos y todos los servicios digitales descargados en el celular a través de aplicaciones, visualización o utilización a través de la red internet o plataformas tecnológicas, pasarán a tributar IVA al 21%. También el alojamiento de sitios informáticos y páginas web, las descargas de libros digitales, los servicios web en forma remota, la publicidad on line y el alojamiento en la "nube" entre otras.

Inmuebles

Se elimina el ITI y se introduce un impuesto a la ganancia de capital por la venta de inmuebles -excepto casa-habitación- con una alícuota reducida del 15%.

Cigarrillos

Los cigarrillos pasarán a pagar un gravamen del 70% sobre el precio de venta al consumidor. El impuesto que corresponda ingresar no podrá ser inferior a veintiocho pesos ($ 28) por cada envase de veinte (20) unidades.

Gaseosas y jugos

Las bebidas analcohólicas, gasificadas o no, incluso las que contienen cafeína y taurina, pasarán a estar gravadas por un impuesto interno del 17%, en tanto contengan azúcar. También las bebidas a base de soja con o sin el agregado de jugos frutales o a base de sales minerales. Las aguas minerales aromatizadas y saborizadas.

Renta financiera

Se propone gravar, con una tasa del 15% para activos en moneda extranjera o indexados, y del 5% para activos en moneda local, diversos rendimientos financieros actualmente exentos. Dicho impuesto se aplicará una vez descontado un Mínimo no Imponible (MNI) de $65.700.

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