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La modificación de la Ley Penal Tributaria agudiza los castigos por evasión

18/11/2017 20:30 Economía
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La reforma tributaria que se encuentra en el Congreso también introduce una serie de cambios en la Ley Penal Tributaria que apuntan básicamente en un aumento “de los umbrales de punibilidad”, según explicó el CPN Rodríguez.

1) La acción penal simple, que hoy está en $ 400.000 se eleva a $ 1.000.000. La penal agravada, que hoy está fijada en $ 4.000.000 se eleva a $ 10.000.000,00.

2) Se aclara que para los supuestos de tributos locales, la condición objetiva de punibilidad establecida en el párrafo anterior se considerará para cada jurisdicción en que se hubiere cometido la evasión.

3) Para el supuesto de evasión a partir que hubieren intervenido persona o personas humanas o jurídicas o entidades interpuestas, se agrega el supuesto de utilización de estructuras, negocios, patrimonios de afectación, instrumentos fiduciarios y/o jurisdicciones no cooperantes, para ocultar la identidad o dificultar la identificación del verdadero sujeto obligado. El monto evadido para encuadrar en este supuesto se eleva de $ 800.000,00 a $2.000.000.

4) Para el caso ya previsto en el texto vigente el cual el obligado utilizare fraudulentamente exenciones, desgravaciones, diferimientos, liberaciones, reducciones o cualquier otro tipo de beneficios fiscales, y el monto evadido deberá superar los $ 2.000,000, hoy fijado en $ 800.000,00

5) Finalmente, para el supuesto de la utilización total o parcial de facturas o cualquier otro documento equivalente, ideológica o materialmente falsos, siempre que el perjuicio generado por tal concepto superare la suma ($1.000.000). Actualmente el monto asciende a $ 400.000,00.

6) Para el supuesto de aprovechamiento indebido de beneficios fiscales, el umbral de punibilidad se incrementa de $ 400.000,00 a $ 1.000.000,00.

7) Para la apropiación indebida de tributos, se incrementa el monto fijado en $ 40.000,00 mensuales a $ 100.000,00 mensuales.

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