Dolar Oficial: - Dolar Blue:- Dolar CCL:- Dolar Bolsa: - Dolar Mayorista: -

EL LIBERAL . Economía

Desde mañana quienes adeuden impuestos a la DGR podrán ingresar a un plan de pagos

02/12/2017 20:24 Economía
Escuchar:

Desde mañana quienes adeuden impuestos a la DGR podrán ingresar a un plan de pagos Desde mañana quienes adeuden impuestos a la DGR podrán ingresar a un plan de pagos

La Dirección General de Rentas

estableció la entrada en vigencia

a partir de mañana de un

Plan de Pagos Permanente por las

deudas vencidas que posean los

contribuyentes, de las cuales sólo

quedarán exceptuadas las que

provengan de retenciones, percepciones

o recaudaciones omitidas

o bien aquellas percibidas y no

ingresadas al fisco.

Los planes de pago de deudas

se podrán formular hasta en 24

cuotas iguales, mensuales y consecutivas

con una tasa de interés

del 1% mensual. Para ingresar al

plan habrá que pagar un 10% de la

deuda que se pretende financiar.

Además, cada cuota a pagar no

podrá ser inferior a $300.

Los vencimientos operarán

los días 10 de cada mes, a partir

del mes siguiente al que se consolide

la deuda y se formalice la adhesión.

En este punto, cabe destacar

que la adhesión al plan se podrá

hacer en forma online a través

de la página de la DGR : www .dgrsantiago.

gov.ar. Para adherir, el

contribuyente deberá contar con

Clave Fiscal y Clave única de Identificación

Tributaria (Cuit o Cuil).

Anticipo

A su vez, para entrar al plan,

tendrá que pagar el anticipo. Esto

se podrá hacer en efectivo, obteniendo

previamente la boleta de

adhesión online o bien, a través de

débito automático declarando su

CBU para contribuyentes que tengan

cuentas en el Banco Santiago

del Estero (BSE).

Cabe destacar que podrán ingresar

a los planes de pagos los

contribuyentes que posean incluso

deudas antiguas de una vigencia

mayor a los 5 años y que no

hayan prescripto por haber recibido

alguna intimación del organismo

recaudador. No podrán acceder

quienes se encuentren encuadrados

en la figura de defraudación

fiscal.

Otra de las posibilidades que

incluirá este Plan de Pagos Permanente

es que los contribuyentes

que por ejemplo posean un plan

de pago anterior, puedan ingresar

empalmando el anterior con este

nuevo.

Un dato importante que

trascendió también es que sólo

se podrá tener un solo plan por

impuesto.

Casos especiales

En tanto, el tratamiento de

deudas vigentes para el caso del

impuesto a los Sellos “originada en

contratos de concesión de Obra y

Servicios Públicos”, tendrán condiciones

especiales.

Por una parte, “un anticipo no

menor al 10% del importe total a financiar”.

A su vez, “el saldo en hasta 4

cuotas iguales, mensuales y consecutivas,

manteniéndose las demás

condiciones establecidas en

el régimen”, según indica la resolución

oficial.

Agrega que “las facilidades

podrán otorgarse únicamente

cuando el impuesto de sellos y/o

multas aplicadas sean iguales o

mayores a $50.000”.

Destaca además que “la suscripción

del plan así como la declaración

de deuda implicará reconocimiento

expreso con efecto interruptivo

de prescripción, en términos

del artículo 153 inciso 1 del

Código Fiscal”.

Lo que debes saber
Lo más leído hoy