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¿Qué deben hacer las pymes frente a la nueva ley de responsabilidad penal de empresas?

21/04/2018 20:47 Economía
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¿Qué deben hacer las pymes frente a la nueva ley de responsabilidad penal de empresas? ¿Qué deben hacer las pymes frente a la nueva ley de responsabilidad penal de empresas?

Sabemos ya que a partir del

1 de marzo de 2018 rige en Argentina

una ley que penaliza a las

personas jurídicas por delitos de

corrupción, soborno y tráfico de

influencias.

La ley aplica a cualquier forma

de persona jurídica: Sociedades

de capital, asociaciones,

fundaciones, sindicatos, mutuales

y una larga lista de formas

asociativas diferente a la persona

humana y no discrimina los

delitos entre pequeñas, medianas

y grandes empresas a los fines

de ser responsables por delitos

de corrupción, tráfico de influencias,

y el resto de delitos tipificados.

Las Pymes pueden enfrentar

consecuencias negativas similares

a las de las organizaciones

grandes, incluso ser más vulnerables

a actos de corrupción. Por

lo tanto, es importante que ellas

identifiquen los riesgos inherentes

de corrupción y garanticen

que su programa de integridad

aborde esos riegos.

Los artículos 22 y 23 de la ley

27.401 son muy claros respecto

del contenido de un programa,

pero la combinación de estos

elementos dependerá de nuestros

propios riesgos y la valoración

que hagamos de ellos, así

como también si nuestra empresa

está obligada a tener un programa

o no.

Las empresas de menor envergadura,

a pesar de tener menos

recursos humanos y financieros

para evaluar los riesgos,

tendrán un nivel menor de complejidad,

lo que hará que la identificación

de los riesgos a través

de consultas directas sea más

fácil que en las organizaciones

grandes. Las Pymes pueden utilizar

herramientas, guías e información

de apoyo que esté disponible

públicamente para efectuar

su propia evaluación de riesgos.

Un buen comienzo, para sujetos

obligados y no obligados a

tener un programa de integridad,

será seguir las indicaciones siguientes:

1. Establecimiento de principios

organizacionales: defina

explícitamente los valores y las

prácticas de acuerdo a las cuales

funciona la organización. El respaldo

firme, explícito y visible del

personal directivo de la organización

es igual de importante en las

organizaciones muy grandes que

en las muy pequeñas.

2. Evaluación de riesgos de

corrupción: Basándose en la

evaluación de riesgos reputacionales,

comerciales, operativos y

legales relacionados con hechos

de corrupción, la organización

podrá desarrollar un Programa

adecuado para contrarrestar la

corrupción y asegurarse de que

actúa siempre de forma coherente

y transparente.

3. Comunicación y Capacitación:

Las Pymes deben capitalizar

el hecho de tener una estructura

menos compleja y realizar

actividades de comunicación

y capacitación más directas,

que aumenten la comprensión y

aceptabilidad de sus políticas y

procedimientos.

4. Procedimientos de comprobación

para establecer relaciones

comerciales con terceros:

Las Pymes pueden tener dificultades

para hacer cumplir sus

normas anticorrupción a través

de medidas como la terminación

de las relaciones comerciales; no

obstante, se aconseja actuar con

debida diligencia, ya que la responsabilidad

legal, las desventajas

comerciales o la pérdida de

reputación también las afecta en

igual medida. Las Pymes deberían

realizar procedimientos sobre

aquellas relaciones indispensables

para el giro de los negocios

que impliquen algún riesgo

de corrupción.

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