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Homologan juicio abreviado y las defensas recusan al juez en la causa de los "Narcos vip"

27/02/2019 00:00 Policiales
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Homologan juicio abreviado y las defensas recusan al juez en la causa de los "Narcos vip" Homologan juicio abreviado y las defensas recusan al juez en la causa de los "Narcos vip"

En una discutida audiencia, el juez de Control y Garantías, Dr. Rodolfo Améstegui, homologó el acuerdo de juicio abreviado entre la Fiscalía y la defensa de Marcos Arambuena, uno de los cinco imputados en la causa denominada "Narcos vip".

La resolución del magistrado llevó a los abogados defensores de los otros cuatro imputados a plantear la recusación de manera inmediata, por entender que había un presunto prejuzgamiento, ya que consideraban que en el acuerdo del juicio abreviado se daban por ciertas evidencias que incriminaban al resto de los involucrados, lo que las defensas cuestionan.

En consecuencia, la audiencia se suspendió y no llegó a tratarse el pedido de prisión preventiva para el resto de los sospechosos, por lo que ahora será el turno de un tribunal de la Cámara de Apelaciones el que resuelva si se hace lugar o no a la recusación planteada.

Bajo un fuerte dispositivo de seguridad, Ramiro Petros, Luciano Gamboa, Andrés Díaz Martínez, Cristian Sebastián Díaz y Marcos Arambuena, fueron trasladados ayer por personal de Gendarmería Nacional hasta el Palacio de Tribunales.

Minutos después de las 9.30 se inició la audiencia y allí se informó al juez que la Fiscalía había acordado dos juicios abreviados, uno de Marcos Arambuena y otro de Sandra Díaz, su concubina.

El magistrado dispuso que se lleven a cabo los juicios abreviados, para luego recién resolver la situación procesal de los otros cuatro implicados.

El fiscal para casos de narcomenudeo, Dr. Pedro Ibáñez, acompañado por la Dra. Luciana Jacobo, comenzó a leer el acuerdo alcanzado con la defensa de Arambuena, representada por el Dr. Horacio Aníbal Patto.

En la lectura, se revelaron detalles de cómo se originaron las investigaciones, de supuestas conexiones entre algunos de los imputados y del modus operandi que desarrollaba Arambuena, así como también de los secuestros en su domicilio.

El juicio abreviado contaba con el consentimiento previo de la defensa y del propio Arambuena, el cual admitiría su responsabilidad y aceptaría una pena de 4 años de prisión. Sin embargo, el trámite no fue tan sencillo.

Posturas

El primero en oponerse fue el Dr. Diego Lindow, abogado defensor de Luciano "Kiwi" Gamboa. El letrado señaló que no podía homologarse el juicio abreviado con esa base fáctica (con esos fundamentos), al entender que en la lectura de los hechos que había realizado la Fiscalía, se mencionaba a su cliente y a otros imputados, dando por ciertas conductas y supuestas evidencias, que ellos consideran nulas y que las iban a cuestionar en su momento oportuno.

En la misma sintonía expresó su oposición el Dr. Miguel Torres, defensor de Ramiro Petros, el cual sostuvo que debía modificarse (el acuerdo) porque Arambuena estaba aceptando la culpa por denuncias que -según su criterio- ni siquiera lo nombraban y sí involucraba al resto de los acusados.

El Dr. Pérez Roberti, abogado de Andrés Díaz Martínez también se opuso, señalando que la causa está en una etapa de plena investigación y ya se estaba dando por ciertos algunos hechos que aún son cuestionados por las defensas.

Por su parte, el Dr. Ibáñez y la Dra. Jacobo trataron de rebatir los argumentos de las defensas, sosteniendo que los fundamentos del juicio abreviado se circunscribían a lo estrictamente realizado por Arambuena y que la mención a los otros sospechosos sólo era parte de una contextualización.

En tanto, el Dr. Patto, deslizó que su cliente se hacía cargo de sus acciones, no de la de los otros involucrados, pero consideró que si era necesario "readecuar" las condiciones del acuerdo de juicio abreviado, se ponía disposición de la Fiscalía.

Decisión y controversia

Finalmente, el juez de Control y Garantías, Rodolfo Améstegui, resolvió homologar el acuerdo, dándole carácter de sentencia y condenando a Arambuena a la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo.

Inmediatamente, el Dr. Lindow pidió nuevamente la palabra y planteó la recusación del magistrado, por entender que éste no podía seguir interviniendo en el proceso, por el presunto prejuzgamiento del resto de los acusados.

También se pronunció el Dr. Torres, el cual cuestionó que el juez homologó el juicio abreviado sin la conformidad de la defensa y que no cumplió con la formalidad de preguntar en la audiencia al imputado si admitía su responsabilidad y aceptaba la pena establecida.

En ese momento el Dr. Améstegui señaló que la conformidad había sido dada previamente y manifestó que por la recusación, la audiencia quedaba suspendida, dándola por finalizada.

Ahora se deberá conformar un tribunal en la Cámara de Apelaciones que analice si se hace lugar o no a la recusación; es decir, si considera que debe intervenir otro juez de Control y Garantías, o confirman la actuación del Dr. Améstegui.

Paralelamente, los abogados defensores de Petros, Gamboa, Díaz Martínez y Díaz, realizarían una presentación para que se declare nulo el juicio abreviado de Arambuena, pero ése será otro capítulo más adelante.

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