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Autonomía progresiva de los adolescentes. ¿En qué consiste?

Autonomía progresiva de los adolescentes �En qué consiste

Autonomía progresiva de los adolescentes. ¿En qué consiste?

09/04/2019 16:30 Policiales
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Autonomía progresiva de los adolescentes. ¿En qué consiste? Autonomía progresiva de los adolescentes. ¿En qué consiste?

El Código Civil y Comercial (CCyC) considera sujeto de derecho a los niños, niñas y adolescentes (NNA) y en tal sentido, le reconoce una autonomía progresiva que se traduce en un rol activo dentro del proceso judicial, en el que interviene directa o indirectamente.

En ese orden, se trata de un proceso gradual por el cual una persona menor de edad, adquiere capacidad para ejercer determinados actos por sí mismo. Cabe mencionar que el CCyC considera que son menores de edad las personas que tienen entre 13 y 18 años.

En tal sentido, a lo largo del cuerpo normativo unificado se consignan distintos supuestos que reflejan la participación activa de los NNA, en los procedimientos jurisdiccionales y administrativos.

Cabe mencionar que, a partir de los 10 años de edad, es obligatorio para los magistrados requerir su consentimiento en aquellas causas en las que intervienen. También se da esta situación en los procesos de adopción, ya que es deber del juez oir personalmente a pretenso adoptado y tener en cuenta su opinión, según su edad y grado de madurez.

Asimismo, los adolescentes están facultados a tomar decisiones respecto de someterse a tratamientos médicos no invasivos, cuando éstos no comprometen su salud e integridad física.

Además, pueden decidir sobre su propio cuerpo en cuestiones tales como hacerse tatuajes, colocarse piercings, someterse a cirugías estéticas reparadoras e incluso donar sangre.

Progenitores adolescentes

En el artículo 644 del plexo normativo se contempla la situación de los adolescentes que son padres, confiriéndoles los deberes de la responsabilidad parental, estén o no casados.

En tal sentido, las personas que ejercen la responsabilidad parental del progenitor adolescente, frecuentemente los abuelos del menor, en algunos supuestos están facultados pueden oponerse a ciertos actos o bien ejercer aquellos que sean beneficiosos para los niños, cuando sus padres no los celebran.

En tanto, existen situaciones en las que el consentimiento del progenitor adolescente debe estar acompañado por alguno de sus padres, en supuestos trascendentes para la vida del hijo menor de edad.

Cabe mencionar que esos supuestos se vinculan con dar en adopción al niño, decidir sobre una intervención quirúrgica que represente riesgo para su vida o cualquier situación que pueda lesionar sus derechos.


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