Cómo opera la prescripción en delitos de abuso sexual infantil Cómo opera la prescripción en delitos de abuso sexual infantil
La Ley Nacional N° 27.206,
del 2015, garantiza la investigación
y juzgamiento de determinados
ilícitos, al suspender el plazo
de prescripción de la acción penal
para una serie de delitos en
razón de la edad de las víctimas.
Según un comunicado del Poder
Judicial, la norma establece que
el plazo de la prescripción de delitos
contra la integridad sexual
queda suspendida mientras la
víctima sea menor y habiendo
cumplido la mayoría de edad,
hasta que realice la denuncia o
ratifique la ya efectuada.
Asimismo, se regulan los
casos de denuncias realizadas
por un representante legal del
menor. De tal modo, el plazo de
la prescripción empieza a correr
a partir de la ratificación de
la denuncia por parte del damnificado
por el ilícito, después
de haber adquirido la mayoría
de edad.
La normativa prevé la inhabilitación
especial perpetua,
cuando el sujeto activo del delito
se hubiese valido de su empleo,
profesión o cargo para
cometer el hecho.
En ese marco, la norma modifica
la “Ley Piazza”, que establecía
que el curso de la prescripción
se computaba a partir
de que la víctima se convertía
en mayor de edad.
Además, la ley incluye el delito
de trata de personas. En esta
situación, el curso de la prescripción
se suspende mientras
la víctima sea menor de edad y
hasta tanto se haga efectiva la
denuncia.
Los tratados de derechos
humanos a los que el Estado
argentino adhirió, consagran la
protección y tutela de los derechos
de los niños, niñas y adolescentes
víctimas de ataques
sexuales, para quienes el Estado
debe garantizar protección
jurídica.
En el Derecho Comparado
hay sistemas jurídicos donde
los delitos de abuso sexual infantil
son imprescriptibles: Inglaterra
y Suiza y varios países
de América latina.