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Mirá toda la información clasificada para analizar las PASO a nivel presidencial

04/08/2019 14:17 Política
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Ocho distritos electorales

aglutinarán el 73% de los

votantes del país

Las distintas provincias o

distritos electorales tienen

un peso muy diferente

a la hora de contar los

posibles votos para cada

uno de los distintos candidatos y en ese

sentido la provincia de Buenos Aires se

instala como el denominado “Gran distrito

electoral” que alcanza al 37% del

total de electores del país.

Le siguen en importancia numérica

las provincias de Córdoba, Santa Fe

y la Ciudad de Buenos Aires, donde cada

una de ellas alcanza alrededor del

8% de los posibles sufragios. Un escalón

más abajo se ubican Mendoza con

el 4,3%; Tucumán, 3,6% y Entre Ríos

3,2%.


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Las provincias del NEA (Chaco, Misiones,

Corrientes y Formosa) suman

el 9,2%); del NOA, sin Tucumán, (Salta,

Santiago del Estero, Jujuy y Catamarca)

7,7%; Cuyo, sin Mendoza, (San

Juan, San Luis, La Pampa y La Rioja)

4,4%; y el Sur (Río Negro, Neuquén,

Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego)

el 5,5%.

En este escenario, si bien la elección

en cada una de las provincias es importante,

la principal atención estará centrada

en los resultados en los ocho distritos

electorales con mayor porcentaje

de votos que suman el 73% del electorado.

De todas maneras, ante una elección

muy polarizada los votos de las regiones

o provincias de bajo caudal electoral

pueden llegar a ser decisivos a la

hora del resultado final.

¿Qué son las

Paso y cuándo se

votan?

Sus siglas significan

Primarias Abiertas

Simultáneas y

Obligatorias, y fueron

creadas en el 2009

para que los espacios

políticos diriman

sus candidaturas de

cara a las elecciones

nacionales generales.

Además, funcionan

como filtro, ya que de

todas las fuerzas que se

presentan, sólo llegarán

a las elecciones

generales aquellas

que superen el 1,5% de

los votos. Las Paso se

llevarán a cabo el 11 de

agosto de 2019.

¿Dónde puedo ver

el listado de los/as

candidatos/as?

Podés ver todos los

listados de los/as

candidatos/as que se

presentarán en las

elecciones generales

ingresando a la página de la

Cámara Nacional Electoral

en https://www.electoral.

gov.ar/

¿Habrá debates presidenciales

obligatorios?

Sí. Según la Ley 27.337 sancionada en 2016, se estableció “la obligatoriedad de debates

preelectorales públicos entre candidatos a Presidente de la Nación, con la finalidad

de dar a conocer y debatir ante el electorado las plataformas electorales de los partidos,

frentes o agrupaciones políticas”. Este año, la Cámara Nacional Electoral dictaminó

que se llevarán a cabo el 13 y el 20 de octubre. Si hubiera balotaje, se hará un tercer

debate el 17 de noviembre.


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Las

diferentes

clases de

votos

que puede

emitir un

ciudadano

La Cámara Nacional Electoral

(CNE) explicó qué clases de votos

pueden emitir los electores en un comicio.

Voto afirmativo

El voto afirmativo o positivo es la

expresión de la voluntad política de un

elector dirigida a favor de uno o más

candidatos, y que se manifiesta mediante

boleta oficializada aun cuando

tuviera tachaduras de candidatos,

agregados o sustituciones (borratina).

Si un mismo sobre contuviera dos

o más boletas oficializadas correspondientes

al mismo partido y categoría

de candidatos, solo se computará

una de ellas destruyéndose las

restantes.

Voto nulo

Los votos nulos son aquellos que

fueron emitidos mediante una boleta

no oficializada (de elecciones anteriores

o de otros distritos) o que contenga

defectos formales suficientes como

para anularlo. Serán considerados

nulos cuando en el sobre junto con la

boleta haya elementos extraños como

monedas, estampitas, etc. También si

el sobre tiene dos o más boletas de la

misma categoría de candidatos y diferente

agrupación política. Se anulará,

de igual forma, si contiene una boleta

oficializada que por destrucción parcial,

defecto o tachaduras no contenga,

por lo menos sin rotura o tachadura,

el nombre del partido y la categoría

de candidatos a elegir.

Voto en blanco

Se consideran votos en blanco

aquellos sobres vacíos o con papel de

cualquier color, sin inscripciones ni

imágenes. Se trata de un voto válido

que representa una manifestación de

la voluntad del elector de abstenerse

de elegir entre las distintas propuestas.

“Es una herramienta con la que

cuentan los electores para manifestar

su disconformidad con todos los candidatos

y con las propuestas formuladas

por los partidos políticos”, aclara

la CNE.

Voto recurrido

Son aquellos votos cuya validez o

nulidad son cuestionadas por algún

fiscal presente en la mesa. En este

caso el fiscal deberá fundar su pedido

con expresión concreta de las causas

que se asentarán sumariamente

en volante especial que proveerá la

Junta. Ese voto se anotará en el acta

de cierre de comicio como “voto recurrido”

y será escrutado oportunamente

por la Junta, que decidirá sobre su

validez o nulidad.

Voto impugnado

Se refiere a aquellos votos emitidos

por un elector cuya identidad ha

sido cuestionada por las autoridades

de mesa o los fiscales.

¿La lista que obtiene

más votos accede a

la presidencia?

No alcanza sólo con quedar primero

en las elecciones. Para acceder a la presidencia

deberá obtenerse el 45% de los votos

válidos afirmativos emitidos o por lo

menos el 40% con una diferencia mayor

al 10% respecto de la fórmula que le sigue

en número de votos.

¿Qué sucede si

ninguna lista obtiene

estos porcentajes?

Se realiza una segunda vuelta

electoral, o balotaje, entre las dos

listas más votadas. La fórmula que

obtenga más votos será la ganadora.

¿Qué día se realiza

la eventual segunda

vuelta?

La fecha del balotaje está estipulada para

el 24 de noviembre.

Lo que debes saber
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