Dolar Oficial: - Dolar Blue:- Dolar CCL:- Dolar Bolsa: - Dolar Mayorista: -

EL LIBERAL . Opinión

Compraventa de nuda propiedad

15/11/2019 08:25 Opinión
Escuchar:

Compraventa de nuda propiedad Compraventa de nuda propiedad

Por Gustavo Darchuck. Pte. del Colegio de Escribanos de Santiago del Estero

En tiempos de crisis económica, la creatividad puede generar muy buenas oportunidades tanto para promover el desarrollo social como para incentivar el crecimiento económico.

Es, por consiguiente, una importante alternativa, por una parte, para los ancianos y, por otra, para los inversores inmobiliarios acudir al contrato de compraventa de nuda propiedad (art. 2134, inc. b) CCyC).

Si eres una persona de edad avanzada, quieres obtener una importante suma de dinero, que posibilite asegurar tratamientos médicos, contar un ahorro, o bien destinarlo al esparcimiento, entre muchos otros destinos favorables para tener una vejez mejor y eres propietario de un inmueble,puedes vender la nuda propiedad del mismo, reservándote el derecho real de usufructo.

De modo que, conservando el derecho real de usufructo, tendrás el uso, goce del bien, sin limitación alguna, no podrás alterarla ni modificar su forma o destino  (art. 2129 CCyC).

En consecuencia, el usufructuario o vendedor de la nuda propiedad podrá habitar o alquilar el inmueble hasta su fallecimiento.

Sin lugar a duda, este contrato contribuye al desarrollo social, pues cumple una función de garantía para una vejez más digna.


Te recomendamos: Alberto Fernández Presidente: Génesis y razones de un triunfo histórico


En definitiva, estarías vendiendo la propiedad del inmueble, más el comprador no podrá usar ni gozar de la cosa hasta tu muerte.

Este tipo de contrato muy utilizado en países como España, Francia e Italia, resulta ser una gran oportunidad para aquél que procura buenos negocios inmobiliarios.

La oportunidad y conveniencia de esta clase de negocios, deberá ser analizada y meditada por los vendedores y los compradores con el debido asesoramiento del corredor inmobiliario de confianza, quien deberá fijar un precio razonable a la operación.

Alguno podrá entender que resulta cruel especular con la muerte de una persona, por el contrario, deviene en salvaguardar los derechos del anciano, en especial, su salud, esparcimiento, etc.


Te recomendamos: Breves consideraciones sobre la prescripción de tributos locales


Finalmente, la redacción e instrumentación del contrato, que será una justa composición de intereses, quedará a cargo del Escribano; quien interpretará la voluntad de las partes, previo asesorar las diversas variantes del contrato de compraventa de nuda propiedad, que no son explicadas, en honor a la brevedad.

Es lógico considerar que el análisis aquí aportado no pretende agotar el tema sino despertar la curiosidad en el lector, que podrá continuar informándose, y consultar a su Escribano de confianza.

Recomiendo la visita a la página web colegionotarialsde.com.ar donde podrá encontrar el profesional más cercano a su domicilio y más información, en función de sus intereses, inquietudes y/o requerimientos específicos. 


Lo que debes saber
Lo más leído hoy