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A 75 años de la liberación del campo del horror

26/01/2020 22:40 Opinión
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A 75 años de la liberación del campo del horror A 75 años de la liberación del campo del horror

Por Mg. Pedro José Basbus. Magistrado, Profesor Asociado Cátedra de Derecho Internacional Público, UCSE. 

A raíz de la conmemoración de un nuevo aniversario (75) de la liberación por parte del Ejército Rojo, de uno de los monumentos al exterminio creado por la maquinaria nazi durante la Segunda Guerra Mundial, es necesario realizar una serie de consideraciones en la inteligencia de que acciones como las que tuvieron lugar en Auschwitz, no deben repetirse jamás.

El campo de Auschwitz fue un complejo formado por diversos campos de concentración y exterminio de la Alemania nazi, situado en los territorios ocupados de Polonia, a unos 43 km. de Cracovia.

Comprendía Auschwitz I, el campo original, Auschwitz II-Birkenau, que fue el campo de concentración y exterminio, Auschwitz III, campo de trabajo para la IG Farben (fábrica alemana de químicos utilizados en la contienda bélica) y 45 campos satélites más.


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Fue el mayor centro de exterminio de la historia del nazismo, donde se calcula que fueron enviadas cerca de un millón trescientas mil personas, de las cuales murieron un millón cien mil, la gran mayoría de ellas judías, aunque también deben contarse a polacos, prisioneros de guerra, homosexuales, gitanos, comunistas, disidentes del régimen, entre otros.

Fue erigido el día 20 de mayo del año 1940 y funcionó hasta el día 27 de enero del año 1945 cuando fue liberado por el ejército soviético.

Reconozco que es una tarea difícil intentar resumir la historia en una entrega. Por ello anticipo mi pedido de disculpas al lector en el pretenso resumen que debo realizar a los fines de que se puedan entender las razones por las cuales se produjo este genocidio cuya preparación comenzó antes de estallado el conflicto armado.

Consolidado el nacionalsocialismo en Alemania y una vez que el partido nazi accede al poder, el odio a los judíos, ya imperante en Europa, se exacerba aún más en Alemania a punto tal que los nazis celebran su victoria con atropellos y ataques al pueblo judío.

Sus víctimas predilectas fueron aquellas personas que integraban los círculos intelectuales de la época pues los consideraban miembros de una cultura “degenerada” y la razón del fracaso económico, social y político de Alemania (recuerde el lector la crisis del año 1929 y el período de hiperinflación del marco alemán que devastó su economía).

Heinrich Himmler, oficial de alto rango, líder del partido nazi (NSDAP) considerada una de las personas más poderosas de la entonces Alemania, designado por Adolfo Hitler, controló y administró los campos de concentración y exterminio, entre los cuales se encontraba el de Auschwitz.


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Como muestra de la intolerancia y la xenofobia imperante, el señaló que “el antisemitismo es exactamente lo mismo que la desinfección. Deshacerse de los piojos no es una cuestión de ideología, es una cuestión de limpieza”.

En el año 1933, el partido nazi gobernante permitió suprimir la vida de aquellos aquejados de enfermedades congénitas, degeneración, inferioridad atávica o ancestral. La legislación autorizó la esterilización de enfermos hereditarios y por el cual se sometieron 350 mil débiles mentales, esquizofrénicos, alcohólicos.

Esta etapa legalista preparó el terreno para la identificación, marginación y ulterior exterminio de todas estas personas que conspiraban en contra del denominado espacio vital, maquinaria que iría sofisticándose hasta acabar con miles de judíos en forma diaria.

En esta etapa del régimen, comenzó el exilio de muchos intelectuales judíos hacia distintos países de Europa y los EE.UU., debido a la campaña de adoctrinamiento y propaganda en todo el territorio y cuyo objetivo era: privar a los judíos alemanes de sus derechos legales y civiles, despojarlos de su poder económico (principal meta) y levantar una barrera social que los separara del resto de la población alemana para con ello acelerar su emigración.

Pero no era suficiente..

Hitler y los generales hicieron creer a sus soldados que eran representantes de un imperio y que todos aquellos que no fueran alemanes constituían una raza inferior. Esta creencia fue llevada asimismo a la URSS, cuando Alemania incumple el pacto de no agresión que la unía con Moscú e invade la Unión Soviética.

Allí se desata la eliminación sin límites de los hombres que se encontraban a su paso (rusos y judíos) y, los alemanes, entusiasmados por el triunfo de la invasión, trazan una programación del exterminio.


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Muchas de las propuestas discutidas por los jerarcas nazis en la denominada Conferencia de Wannsee (por la cercanía al lago homónimo) son aceptadas y “Europa iba a ser peinada de judíos de este a oeste” (cf. Muchnik Daniel, Genocidios del Siglo XX pag. 196 edit. Todo Saber).

Si tomamos la definición de Genocidio según el Estatuto de la Corte Penal Internacional (Estatuto de Roma) se entiende por tal a cualquier acto perpetrado con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. Estos actos comprenden la matanza y lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial, medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo, traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.

Similar definición nos brinda la Convención Para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio (Resolución Asamblea General ONU 260 A III del 9/12/48) con el aditamento de que en sus siglas en inglés se indica “crimen” y no “delito” pues el mismo es un crimen internacional.

Esta Convención no protege a todos los grupos sino a los cuatro tipos en ella enumerados de manera taxativa, cuya característica común radica en que la pertenencia al grupo es lo que genera, en quién comete el crimen, la intención especial de destruirlo, total o parcialmente, de manera que este elemento que en la doctrina especializada se denomina “dolo especial”, es el que caracteriza al crimen de genocidio y lo diferencia del crimen de lesa humanidad (que son más amplios que el crimen de genocidio pues tienen por objetivo a la población civil en general y no exigen que el autor posea la intención de destruir -en todo o en parte- a un grupo).

A la luz de lo relatado no caben dudas de que en Auschwit como en el resto de los campos de concentración y exterminio de la Segunda Guerra Mundial hubo esa intención específica de destruir a un grupo por su condición étnica o racial y fue la intolerancia mezclada con la xenofobia y la necesidad de encontrar un culpable externo a los males internos, lo que propició la locura del régimen que culminó con la denominada “solución final”.

El término “solución final”fue acuñado por Adolf Eichmann, un funcionario nazi que estuvo prófugo en Argentina hasta que fue secuestrado por un comando israelí que lo llevó a Israel en donde lo condenaron a muerte.

Es necesario señalar que el 31 de julio del año 1942, seis meses antes de aquella Conferencia en la ribera del Lago Wannsee, Herman Göring segundo en la estructura de poder en Alemania, autorizó a Reinhard Heydrich (militar de las SS conocido como “El Verdugo”, “La Bestia Rubia” “El carnicero de Praga”)a prepararse para ejecutar “la solución completa al problema judío”.

El primer paso fue la muerte por trabajo de obra esclava, luego de la invasión alemana a la Unión Soviética(1941) comenzaron a funcionar los equipos móviles de matanza (por los cuales se obligaba a los prisioneros judíos a cavar sus tumbas y se los ejecutaba con armas de grupo) hasta que en el mes de enero del año 1942 y sobre la base de la denominada “solución final” se dispusieron las deportaciones a los campos de exterminio (Treblinka, Belzec, Auschwitz-Birkenau y Sobibor) en donde se utilizó el temible gas zyclon B.

Las cámaras de gas fueron, para los ejecutores, una etapa de alta sofisticación en el exterminio, operaban todo el día y a toda hora. En el mes de junio de 1943, cuatro meses después de la derrota alemana en Stalingrado (hoy la ciudad rusa de Volgogrado) las cámaras de gas y hornos crematorios trabajaban sin parar pudiendo matar a 4500 personas por día por campo de encierro (cf. Muchnik op.cit.).

El 27 de enero de cada año se conmemora un nuevo aniversario de la liberación de lo que se denomina el campo del horror.

No solamente hubo un Auschwitz, sino miles de ellos. En la historia de la humanidad se recuerdan otros genocidios. Por citar algunos en la historia moderna recordamos el genocidio congoleño (1885/1908 y 1998/2004), el genocidio de Ruanda (1994), el de armenia (1915) el ruso (1917) la guerra civil española (1936/1939) Vietnam (1968 caso My Lai) Camboya (1975/1979) Yugoeslavia (1990/1992) Darfur (2003/2005) Timor Oriental (1975/1999) entre otros.

Desde el comienzo de la historia, el hombre ha matado a su semejante. Ya sea por supervivencia, por envidia, por ambición, por conquista. Con el advenimiento de las grandes guerras (1ª y 2ª Guerra Mundial) se puso en evidencia que la eliminación de la raza humana podía ser posible y que determinados gobiernos se consideraban con la capacidad de imponer una raza sobre la otra.


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El fin de la Segunda Guerra Mundial y los juicios de Núremberg y Tokio, los Tribunales Ad Hoc para Ruanda (1994) y la Ex Yugoeslavia (1993) que fueron los antecedentes de la actual Corte Penal Internacional, coincidieron en tipificar al genocidio como crimen internacional.

El abogado polaco Raphael Lemkin (1900/1959) fue el primero que utilizó el término genocidio para nombrar lo que, hasta esa fecha era un crimen sin nombre pero que interesaba a la comunidad internacional toda.

A finales de 1946 la Asamblea Gral. de la ONU, aprobó la Resolución 96 en la que el término genocidio aparece por primera vez en un documento internacional.

La Resolución lo definió como “aquella denegación del derecho a la vida de los grupos humanos”, independientemente de que estos grupos raciales, religiosos, políticos o de otro tipo hayan sido destruidos por completo o en parte y, por tanto, como un crimen sometido al Derecho en cualquier lugar.

Con el correr de los nuevos tiempos y ante el horror de la guerra y de los crímenes cometidos, la comunidad internacional organizada tomó en cuenta la necesidad de prevenir y sancionar a los responsables de este delito como asimismo a los responsables de cometer otros crímenes en contra de la humanidad. De allí la Convención sancionada por auspicio de la ONU en 1948 como asimismo los Tribunales Ad Hoc dispuestos por la ONU y la creación de la Corte Penal Internacional, según cito anteriormente.

Auschwitz nos recuerda hasta dónde puede el hombre ensañarse con su prójimo. También nos recuerda la necesidad de bregar para que estas conductas jamás puedan repetirse. Es responsabilidad de todos evitar el nacimiento de gobiernos que se consideren superiores a otros por motivos de raza, religión u otros motivos y que con dicha intolerancia generen el espacio propicio para que la intolerancia se exacerbe y derive en conflictos armados que pongan en peligro la paz y seguridad internacionales.

La tarea es compleja, pero nos corresponde a todos.


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