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Un abogado pide la nulidad de la audiencia por la cual víctima de violencia debe mantener a su ex

21/02/2020 06:36 Policiales
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Un abogado pide la nulidad de la audiencia por la cual víctima de violencia debe mantener a su ex Un abogado pide la nulidad de la audiencia por la cual víctima de violencia debe mantener a su ex

Luego de la resolución del Dr. José Luis Torrelio, en la que ordenó que un hombre que fue excluido de su casa reciba por parte de su ex pareja -quien lo acusó de amenazas- la suma de 5.000 mensuales para su manutención, el Dr. Pablo Brizuela pidió la nulidad de la audiencia.

En la jornada de ayer el letrado presentó un escrito como abogado patrocinador de la víctima solicitando su constitución de querellante; además pidió que se declare nula la audiencia realizada el pasado 20 de enero.

En su escrito, además de pedir que se deje sin efecto la audiencia, el letrado solicitó la nulidad de la resolución de la medida adoptada por el juez de Control y Garantías al considerar que es una “violación de la garantía constitucional del debido proceso y transgresión de derechos fundamentales de defensa en juicio e inviolabilidad de la propiedad”.

En su petitorio, el Dr. Brizuela sostiene que se violó “la garantías de ser oída personalmente por el juez y que su opinión sea tenida en cuenta al momento de arribar a una decisión que la afecte”.


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También fundamenta la nulidad, la utilización de medidas preventivas en contra de la mujer y a favor de su agresor, en una clara desnaturalización de los artículos 12 de la ley 7032 y 26 de la ley 26.485.

Sostuvo que “la audiencia no contó con la participación de la víctima, por haberse omitido la notificación correspondiente, y se resolvió imponer en su contra la obligación de entregar una suma de dinero mensual a favor de su agresor”.

En otra parte del extenso escrito, el Dr. Brizuela sostiene que “el extraño fallo dictado por el juez de Control tendrá el efecto de disuadir las futuras denuncias de violencia de género, ya que se ordenó que la víctima debía entregar al agresor la suma de $5.000 mensuales por el período de 90 días, para supuestamente afrontar gastos medicinales que no se encuentran acreditados”.

“Me parece que el fallo encierra en su génesis una revictimización, toda vez que primero se somete a la mujer a violencia psicofísica y con posterioridad a violencia de tipo económica, y el problema mayor es que esta última viene refrendada por la Justicia’” sostuvo el letrado.

Sostiene que “el agresor, a partir del fallo en cuestión, pasará a tener la consideración de un hijo más al que tendrá que mantener, por el hecho de que supuestamente está afectado de la enfermedad de diabetes, que sin embargo no le impide en modo alguno ejercer actividad lucrativa para así mantenerse y mantener a los 7 hijos que también son de él”.

Además informó que, según se supo, días atrás el denunciado procedió a alquilar un local comercial a cuatro cuadras de la casa de la víctima e instaló un local de comidas. “Vale decir que el agresor sí tiene capacidad económica”, indicó.

El escrito fue formalmente presentado en la Oficina de Gestión y Audiencias, y será resulto por un juez de Control y Garantías de La Banda.

Dra. María Rodríguez: “De esta manera intenta ponerse límites a la ley de protección integral de la mujer”

Por su parte la Dra. María del Valle Rodríguez -abogada del imputado junto al Dr. Andrés Bulacio- manifestó que “estamos muy conformes con la resolución del Dr. Torrelio porque es un fallo novedoso, ya que de esta manera intenta ponerse límites a la ley de protección integral de la mujer”.

Consideramos que tanto los hombres y las mujeres somos iguales ante la ley y la señora -por la imputada- ha utilizado su denuncia por el delito de amenazas para excluir a nuestro cliente de su hogar y enajenar los bienes que han adquirido durante la unión convivencial de 25 años”, expresó.

Más tarde continuó diciendo “si bien la ley protege a la mujer previniendo para no llegar a males futuros, hemos solicitado que se morigere el plazo y al no haber evidencias, consideramos que se estaba violando el derecho al trabajo, a una vivienda digna y a la salud”.

La letrada consideró que su cliente “hoy está en situación de calle y no puede adquirir los medios para alimentarse y obtener los remedios que necesita ya que es una persona insulina dependiente”.

“Si por un lado estábamos beneficiando y protegiendo a la víctima, por otro lado estábamos perjudicando a mi cliente, porque de no adquirir la medicación correspondiente podía terminar en situación de muerte”, explicó.


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