Dolar Oficial: - Dolar Blue:- Dolar CCL:- Dolar Bolsa: - Dolar Mayorista: -

EL LIBERAL . Política

La Corte Suprema declaró días inhábiles y licencias con goce de haberes en el Poder Judicial

DISPOSICIONES Las medidas del m�ximo tribunal del país incluyen la suspensión de atención al p�blico

DISPOSICIONES. Las medidas del máximo tribunal del país incluyen la suspensión de atención al público.

17/03/2020 01:54 Política
Escuchar:

La Corte Suprema declaró días inhábiles y licencias con goce de haberes en el Poder Judicial La Corte Suprema declaró días inhábiles y licencias con goce de haberes en el Poder Judicial

La Corte Suprema de la Nación declaró días “inhábiles” para el Poder Judicial de la Nación desde ayer hasta el 31 de marzo próximo, como medida para prevenir la propagación del coronavirus, pero aclaró que en ese período se mantendrán las prestaciones mínimas a cargo de magistrados y funcionarios que no se encuentren dentro de los grupos de riesgo.

La decisión tomada por el máximo tribunal incluye la suspensión de atención al público -no habrá vencimientos- y la aplicación de una licencia “excepcional” y “con goce haberes” para “todos aquellos magistrados, funcionarios y empleados mayores de 65 años o que padezcan enfermedades que los hagan más vulnerables al virus Covid -19”.

Además estableció que “en los tribunales y dependencias judiciales en las cuales haya existido la presencia de una persona afectada con diagnóstico de la enfermedad o ‘caso sospechoso’” en los términos del decreto 260/2020 de Poder Ejecutivo Nacional (PEN) “se dispondrá una licencia excepcional, con goce de haberes, respecto de todos los magistrados, funcionarios y empleados”.

En ese caso “corresponderá disponer el cierre del tribunal”, consignó la Acordada 4/2020, firmada esta tarde por el presidente de la Corte Carlos Rosenkrantz y los ministros Elena Highton, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.

A través de la acordada, se dispuso que “los tribunales aseguren una prestación mínima del servicio de justicia” durante ese plazo, cuya cobertura estará “prioritariamente” a cargo de magistrados y funcionarios que no se encuentren dentro de los grupos de riesgos” que menciona el documento.

También mandó el “otorgamiento de una licencia especial”, con goce de haberes, a “los padres, madres, tutores o adoptantes a cargo de menores de edad” que concurran a establecimientos educativos de nivel secundario, primario y en guarderías o jardines maternales mientras en los misma “rija la suspensión de clases”.

La Corte tomó la decisión ante un informe de la comisión creada días atrás para el seguimiento y control de la situación epidemiológica conformada por autoridades del Cuerpo Médico Forense, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación y el departamento de Medicina Preventiva y Laboral del máximo tribunal.

La comisión recomendó a la Corte adoptar las medidas tendientes a “elaborar un progresivo plan de contención infectológica para el funcionamiento del Poder Judicial de la Nación”.

“Para afrontar las medidas que demande la emergencia sanitaria en el ámbito del Poder Judicial de la Nación” la Corte dispuso “la afectación inicial de 40.000.000 de pesos “en la medida en que sean habilitadas las modificaciones presupuestarias por parte de la Jefatura de Ministros del PEN.

La Acordada 4/2020 aclaró que la declaración de días inhábiles es “sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan” en ese lapso.

Ordenó, además, que “a partir del 18 de marzo de 2020, todas las presentaciones que se realicen en el ámbito de la Justicia Nacional y Federal serán completamente en formato digital a través del IEJ (Identificación Electrónica Digital) registrada en cada una de las causas y tendrán el valor de una declaración jurada.

La Procuración General de la Nación aconseja dotaciones mínimas

La Procuración General de la Nación recomendó a fiscales y titulares de dependencias del Ministerio Público Fiscal limitar la asistencia de agentes “a lo estrictamente necesario para la adecuada prestación del servicio” y facultar el trabajo desde domicilio hasta el 31 de marzo.

La recomendación quedó plasmada en una resolución firmada por el procurador general interino, Eduardo Casal, “frente a la declaración, por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), del Covid-19 (Coronavirus) como pandemia, y tras la adopción ayer de una serie de medidas por parte del Poder Ejecutivo Nacional”.

La resolución, además, concede licencia excepcional a los agentes que integren la población identificada como “de riesgo” y justifica la inasistencia de madres, padres y tutoras/es que deban quedar al cuidado de menores de edad escolarizados, entre otros aspectos.

El primer punto de la medida establece “recomendar a los titulares de las fiscalías y dependencias del Ministerio Público Fiscal que, de manera excepcional, a partir del día de la fecha y hasta el 31 de marzo próximo, la asistencia de agentes se limite a lo estrictamente necesario para la adecuada prestación del servicio”.

En el mismo punto se los faculta “a disponer el trabajo en el domicilio de aquellos/as que sean dispensados del deber de concurrir, o que se encuentran comprendidos/as en las situaciones descriptas en los apartados siguientes”.

El segundo punto es el que dispone “conceder licencia excepcional durante dicho lapso, en los términos del artículo 5 de la Resolución PGN 615/13, a los/as agentes de este Ministerio Público Fiscal mayores de 60 años, embarazadas y menores de 60 años con condiciones de riesgo, descriptas en el artículo 3° de la Resolución 105/20 emitida por el Ministerio de Educación de la Nación, con base en recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación”.

La resolución también establece “justificar las inasistencias de agentes padres, madres o tutores a cargo de menores escolarizados y que deban permanecer de modo exclusivo a su cuidado con motivo de la suspensión de clases dispuesta por el Gobierno Nacional”.l


Lo que debes saber
Lo más leído hoy