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Aclaración de una jueza por libertad en caso de drogas

PROCESO El individuo había sido apresado el 22 de marzo pasado tras un procedimiento en su vivienda

PROCESO. El individuo había sido apresado el 22 de marzo pasado, tras un procedimiento en su vivienda.

28/03/2020 14:25 Policiales
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Aclaración de una jueza por libertad en caso de drogas Aclaración de una jueza por libertad en caso de drogas

La jueza de Control y Garantías

de Frías, Marta Roxana Cejas

Ramírez, aclaró que concedió

la excarcelación a un detenido

por drogas, ya que la imputación

posibilitaba tal resolución

y porque la Fiscalía -según dijo no

pudo acreditar la existencia

de riesgos procesales.

En un escrito enviado a esta

Redacción, la jueza manifestó

que el veintidós de marzo en

recorridos preventivos por la

cuarentena obligatoria, “con el

consentimiento del ciudadano

en cuestión, personal policial

en compañía del fiscal de turno

procedió al ingreso en el domicilio

de la ex mujer del aprehendido,

donde se encontraban varias

personas adultas y una niña,

hija del mismo”.

Ahondó la magistrada que durante “el procedimiento,

un policía se dirige

a la heladera desde donde

saca un paquete de color

negro, que luego de la prueba

de campo realizada por

la División Drogas Peligrosas

constató que se trataba

de marihuana. El fiscal procedió

al secuestro del mismo

y a la aprehensión de una de

las personas de la casa”.

La

jueza ahondó que “la Fiscalía

en su pedido de detención

informó a la suscripta que no

se secuestró ningún elemento

propio de la actividad de

comercialización de estupefacientes,

tales como balanza,

elementos de corte, etc.,

sólo su teléfono celular. Por

el momento la fiscalía no recolectó

evidencias tales como

denuncia, ni siquiera

anónima, ni intervenciones

telefónicas, ni testigos”.

Agregó la jueza: “El imputado

no prestó declaración, por

cuanto la Fiscalía suspendió las

mismas por ‘la situación sanitaria

nacional’; lo que resulta altamente

reprochable, ya que en

nuestro país no se dictó el estado

de sitio, por lo que continúan

vigentes las garantías constitucionales

de los ciudadanos”.

En su descargo, la magistrada

profundizó: “El ciudadano

en cuestión a través de su defensor

puso en conocimiento y

adjuntó certificado médico que

lo prueba, que padece de fibromialgia,

diagnosticado en el año

2019 y, que usa dicha sustancia

para evitar terribles dolores y

padecimientos cotidianos, propios

de la enfermedad”.

Asimismo, “la Fiscalía lo imputó

por tenencia simple de estupefacientes

para uso personal;

nunca lo acusó de comercialización”.

Para la funcionaria, “no

existen los peligros procesales,

ya que la pena en expectativa

para el delito de tenencia para

uso personal no nos permite

merituar un peligro de fuga del

imputado. En el hipotético caso

de condenarlo sería una pena

en suspenso (art. 26 C.P.). Tampoco

existe peligro procesal de

entorpecimiento en una investigación

por un delito de consumo

personal, en el que la CSJN Caso

Arriola ya se pronunció”, enfatizó

la magistrada.

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