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Salud: informan las condiciones para el ejercicio profesional

Fijan modalidades de atención para pacientes seg�n criterios epidemiológicos y clínicos del Covid-19

Fijan modalidades de atención para pacientes según criterios epidemiológicos y clínicos del Covid-19.

28/04/2020 01:41 Política
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Salud: informan las condiciones para el ejercicio profesional Salud: informan las condiciones para el ejercicio profesional

El Ministerio de Salud de la Provincia informó en un comunicado que las condiciones epidemiológicas que “adquiere la pandemia en nuestra provincia, exige la observancia irrestricta del Protocolo Provincial Covid-19, aprobado por RM 1043/19-03-20, que constituye el Marco Normativo dentro del cual se han diseñado pautas de actuación para el ejercicio de las actividades profesionales, en el ámbito de la salud”.

“Las que debían explicitarse a través de la presentación de un Protocolo de Actuación en un Contexto de Pandemia por Covid-19, como condición necesaria para gestionar la habilitación, siendo los respectivos Colegios Profesionales la Garantía de su cumplimiento”, apuntó el comunicado.

Agrega que en consecuencia, el Ministerio de Salud, mediante una comisión de especialistas, ha intervenido como órgano de evaluación para garantizar la bioseguridad de las personas tanto usuarios como prestadores; y que se ha tenido en cuenta que en los citados Protocolos se asegure el resguardo de cuatro condiciones básicas:

1.- Modalidades de atención para pacientes según los criterios epidemiológicos y clínicos del Covid-19.

2.-Implementacion de medidas de protección sanitaria según la naturaleza de cada actividad, como por ejemplo uso de barbijos y/o tapa boca, guantes, lavados de mano con agua y jabón, uso de alcohol en gel y/o cualquier otra medida de bioseguridad que sea indicada en lo sucesivo por el Ministerio de Salud.

3- Asegurar el distanciamiento social y/o actividad indicando estrategias de Atención. Por ejemplo: turnos pre-

acordados; uso de herramientas virtuales, horarios y días a convenir, establecimiento de guardias mínimas y otras que se propongan, las cuales se especifican en los respectivos protocolos.

4.- Disponer de equipamiento e infraestructura que asegure condiciones de distancia sanitaria según la especificidad de la actividad.

La última definición de caso sospechoso que se debe conocer para tener en cuenta en cada práctica profesional:

Criterio 1

Toda persona que presente fiebre (37.5 o más) y uno o más de los siguientes síntomas: tos, odinofagia, dificultad respiratoria, anosmia/disgeusia sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica y en los últimos 14 días haya estado en contacto con casos confirmados de Covid-19 o tenga un historial de viaje fuera del país o tenga un historia de viaje o residencia en zonas de transmisión local (ya sea comunitaria o por conglomerados) de Covid-19 en Argentina.

Criterio 2

Jurisdicciones definidas con transmisión local:

a. Todo paciente con diagnóstico clínico y radiológico de neumonía y sin otra etiología que explique el cuadro clínico.

b. Jurisdicciones definidas sin transmisión local: Pacientes con infección respiratoria aguda grave (IRAG) (fiebre y síntomas respiratorios, con requerimiento de internación)

*https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-Covid-19/zonas-definidas-transmision-local

Criterio 3

Todo paciente que presente anosmia/disgeusia, de reciente aparición y sin otra etiología definida y sin otros signos o síntomas.

NOTA: Ante la presencia de éste como único síntoma, se indicará aislamiento durante 72 horas, indicando toma de muestra para diagnóstico por PCR, al tercer día de iniciado síntomas.

Criterio 4

Todo personal de salud y personal esencial, que presente fiebre o dos o más de los siguientes síntomas: tos, odinofagia, dificultad respiratoria, anosmia, disgeusia.

“NOTA: ante la detección de casos sin fiebre, se indicará aislamiento durante 72 horas, indicando toma de muestra para diagnóstico por PCR, al tercer día de iniciado síntomas.

Se considera personal esencial: fuerzas de seguridad y Fuerzas Armadas; personas que brinden asistencia a personas mayores.


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