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EL LIBERAL . Santiago

Autorizan actividades religiosas desde mañana, pero no misas

17/05/2020 18:22 Santiago
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A partir de mañana estarán autorizadas las actividades religiosas individuales de 9 a 14, según lo dispuso ayer la Jefatura de Gabinete de Ministros del gobierno de la provincia, mediante una resolución que incluye también a otras actividades.

En el caso de la actividad religiosa, especifica la medida que serán “individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos”, y que “en ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas, de lunes a domingos de 9 a 14”.

 


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Otras excepciones

También se autorizó la “actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios, de lunes a viernes de 9 a 14”, y la de empresas de mudanzas, “previa autorización en la que deberá consignar si se trata de flete o mudanza y el vehículo, con un máximo de dos personas por vehículo, de lunes a viernes de 9 a 14”.

Por último, se autorizó el “entrenamiento de pilotos a través de vuelos privados, en aeroclubes y en escuelas de vuelo, con la finalidad de sostener los estándares de instrucción y de seguridad operacional; con un máximo de dos personas por aeronave, las cuales deberán usar tapabocas y mantener la debida distancia entre ellas, con el fin de minimizar los riesgos de contagio, de lunes a viernes de 9 a 14”

 

Las condiciones en que deberán cumplirse las actividades liberadas

Entre las condiciones establecidas en el decreto de Jefatura de Gabinete, se deja en claro que “los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados”.

“En todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios y adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto”, añade la norma.

También se dispone que “todas las personas y entidades encuadradas en las actividades y servicios puntualizados, con excepción de los feligreses que asistan a los establecimientos de culto... deberán gestionar las correspondientes autorizaciones para transitar a través de la página www.circulando.sde .gob.ar. l

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