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Comienza una nueva etapa de aislamiento y distanciamiento diferenciado según zonas

El aislamiento y el distanciamiento se extender� a partir de hoy y durante 21 días hasta el 28 de junio

El aislamiento y el distanciamiento se extenderá a partir de hoy y durante 21 días, hasta el 28 de junio.

08/06/2020 01:19 Política
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Comienza una nueva etapa de aislamiento y distanciamiento diferenciado según zonas Comienza una nueva etapa de aislamiento y distanciamiento diferenciado según zonas

Una nueva etapa en la lucha de Argentina para mitigar el avance de la pandemia de coronavirus comienza hoy, diferenciada en el área Metropolitana de Buenos Aires (Amba), Gran Chaco, Gran Córdoba, Trelew y algunas ciudades de Río Negro, zonas afectadas por el crecimiento de contagios, y en el resto del país, donde los casos no se han registrado por 21 días.

Así, en la zona de Amba, integrada por Ciudad Autónoma de Buenos Aires y conurbano bonaerense, continuará el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (Aspo) en su fase 3, en tanto que en el resto de las provincias del país, que representan el 85 por ciento del territorio, pasará a la fase 5, con la modalidad de distanciamiento social obligatorio, lo que permitirá la apertura de actividades con sus respectivos protocolos sanitarios.

Esta vez, la prórroga del aislamiento -también del distanciamiento- se extenderá a partir de hoy y durante 21 días, hasta el 28 de junio, en vez de los períodos de 14 días que se venían sosteniendo desde el inicio de las medidas, el 20 de marzo, cuando el gobierno nacional declaró el Aspo tras haber sido declarada la pandemia por la Organización Mundial de la Salud y comenzar a contarse los primeros contagios en el país.

Al respecto, el portal Infobae, adelantó los principales aspectos del DNU.

Las provincias y ciudades que pasen a la etapa de distanciamiento deberán cumplir con tres ítems imprescindibles. El sistema de salud debe contar con la capacidad adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria; las localidades no deben tener circulación comunitaria del virus Covid-19; y el tiempo de duplicación de casos no debe ser inferior a los quince días.

Las personas que vivan en las localidades donde se empiece a aplicar al distanciamiento social tendrán prohibida la circulación por fuera del límite de las ciudades donde viven, salvo que posean el “Certificado único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19”. Además, en base a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos departamentos, las autoridades provinciales podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus.

Entre las normas de comportamiento que deberán cumplir aquellos que accedan a la fase del distanciamiento social está la distancia mínima de dos meses, la utilización de tapabocas en espacios compartidos, la higiene de las manos, la desinfección de las superficies, la ventilación de los ambientes y el toser en el pliegue del codo.

En el caso de las actividades económicas y productivas, podrán tendrán que tener aprobado un protocolo de funcionamiento por la autoridad sanitaria provincial, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional y restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50% de la capacidad. Las autoridades provinciales podrán reglamentar días y horas para la realización de determinadas actividades y establecer requisitos adicionales para su realización, con la finalidad de prevenir la circulación del virus.

Las actividades deportivas, culturales y sociales solo podrán realizarse siempre que no impliquen una concurrencia superior a diez personas. Para mantener el distanciamiento social en lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios - ya sean salas de reunión, oficinas, comedor, cocina o vestuarios - a una persona cada 2,25 metros cuadrados. Para eso se puede utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados. Además, aclara que los gobernadores podrán dictar los protocolos para la realización de estas actividades.

Qué actividades siguen prohibidas

Las actividades que permanecerán prohibidas durante la etapa de distanciamiento social serán la realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a diez personas; la práctica de cualquier deporte donde participen más de diez personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre los participantes; la apertura de cines, teatros, clubes y centros culturales; el servicio público de transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional; y el turismo.

El DNU aclara que el Jefe de Gabinete podrá disponer excepciones que deberán ser autorizadas con el protocolo respectivo que tendrá que cumplir con las instrucciones de la autoridad sanitaria nacional.


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