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El Senado aprobó un proyecto presentado por la senadora Claudia de Zamora que pena la difusión de imágenes íntimas

23/07/2020 21:49 Política
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Este jueves y durante su sesión diaria, el Senado de la Nación dio media sanción y giró a la Cámara de Diputados un proyecto de ley presentado por la senadora Claudia de Zamora, que busca reducir al máximo la divulgación de imágenes no consentidas, lo que representa un delito que creció considerablemente en los últimos años con el avance de la tecnología en el mundo y en la Argentina.

La iniciativa, unificada a partir de dos textos presentados por las senadoras Claudia de Zamora (FdT) y Silvia Elías de Pérez (UCR), fue votada en general por unanimidad y girada a la Cámara de Diputados.

Durante el debate, la exgobernadora santiagueña señaló que se trata de “un fenómeno mundial creciente del cual nuestro país no está al margen” y “si bien es un fenómeno que afecta a hombres y mujeres, la mayoría de las veces se ha comprobado que, una vez más, a las que más nos afecta, incluso profesionalmente, es a las mujeres”.

En esta misma línea, indicó que “lo que mucha veces comienza como un simple juego íntimo, no se dimensiona que se está a un click de que esto se transforme en una tragedia con consecuencias y con destinos realmente irreparables”, apuntó.

Con respecto de su alcance, la senadora remarcó que este tipo de delitos “han dejado de pertenecer al mundo de los jóvenes y nos afecta a toda la sociedad”, y “han crecido” al punto que en 2008 -según datos de la División de Delitos en Tecnología de la Policía Federal Argentina- “se registraron anualmente 250 casos de esta naturaleza”, mientras que en 2019 y lo que va de 2020 “han crecido de tal magnitud que es prácticamente imposible de registrarlos”.

Finalmente, remarcó que “tenemos un gran vacío legal en nuestro país” al respecto y que “se está violando un derecho que es nada más y nada menos que el derecho a la privacidad, o la intimidad, el cual tenemos todas las personas y tiene rango constitucional”.

El proyecto plantea modificar el artículo 155 del Código Penal, de modo de aumentar las penas de multa de 10 mil a 100 mil pesos -actualmente van de 1.500 a 100 mil pesos- para “el que hallándose en posesión de una correspondencia, una comunicación electrónica, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, no destinados a la publicidad, los hiciere publicar indebidamente” y “el hecho causare o pudiere causar perjuicios a terceros”. Y agrega que la misma pena corresponderá a “quien facilitare esa publicación”.

El texto introduce a ese artículo “la pena de prisión de tres meses a tres años y el doble de la pena de multa” para quien “por cualquier medio, y sin expresa autorización, difundiere, divulgare, publicare, distribuyere o de cualquier manera pusiere al alcance de terceros documentos obtenidos en un ámbito de privacidad con contenidos de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas, incluso mediando el consentimiento de la víctima”.

“Cuando la violación de secretos responda a un ánimo de lucro con el propósito de causar sufrimiento, la pena prevista se elevará en un tercio en su mínimo y en su máximo”, estipula la iniciativa.

Además, incluye una modificación al artículo 169, de modo de incorporar como supuesto del delito de extorsión la amenaza de difundir “documentos cuyo contenido fuera consecuencia de una relación íntima o de violación de secreto”, con una pena de prisión o reclusión de tres a ocho años. A este artículo se opusieron senadores de la oposición.


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