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“El Fuero Civil consolida la oralidad empleando tecnología”

01/12/2020 22:22 Policiales
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El Dr. Sergio Santos, magistrado del Colegio de Jueces II, presidió ayer en horas de la mañana una audiencia de vista de causa, en el marco de un juicio por un accidente de tránsito ocurrido en la ciudad de Frías, en el año 2017.

Según informaron desde el Poder Judicial de la Provincia, en la oportunidad, se produjo la prueba confesional de la parte actora y la confesional de un testigo, quien brindó su aporte respecto del hecho ocurrido.

En tanto, está pendiente la producción de la prueba pericial médica y accidentológica, una vez producida las mismas se clausurara la etapa probatoria.

En el marco de las actuaciones, el magistrado destacó la colaboración de la autoridad policial de la ciudad de Frías para facilitar la conexión de la parte actora y testigo y poder llevar a cabo la audiencia de manera virtual.

Cabe destacar que, la coordinación de la audiencia estuvo a cargo de la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) II, cuyo responsable es la Dra. Raquel Catalán.

Fuero de Paz Letrado

En el mismo día, el Juzgado de Paz Letrado de I Nominación, celebro una audiencia preliminar, la que se concretó mediante sistema virtual, con la conexión remota de magistrado y partes intervinientes.

El Dr. Alejandro Rómulo Scarano, titular del organismo, llevó a cabo las actuaciones en un juicio de reivindicación, acción real que nace del dominio que el propietario interpone contra quien el entiende que lo despoja y en la oportunidad se examinaron planos de prescripción adquisitiva, títulos, compraventa.

En ese marco, el magistrado explicó “que la audiencia preliminar es la parte inicial de la etapa probatoria y en ese sentido, destacó que en el anterior sistema, las pruebas de las partes se proveían totalmente y nadie las examinaba para determinaba si era útil”.

Asimismo, dijo “que en los Juzgados de Paz Letrado, la mayoría de las causas oralizables son de tierra; reivindicaciones, interdictos, prescripciones adquisitivas, cuyo nivel de complejidad requiere que se necesite este examen de prueba”.

En tanto, destacó “que el nuevo sistema permite que el juez, en la audiencia preliminar, examine preventivamente la prueba de manera de eliminar la que considere superflua, por ende, se hace más corto el proceso y además las partes tienen la posibilidad de explicar al juez que pretenden de esa prueba y lo más importante es que el plazo de prueba, dura 90 aproximadamente”.

“En el marco de la oralidad civil efectiva, hay una celeridad procesal claramente superior al proceso escrito, donde la etapa probatoria quedaba abierta, casi indefinidamente”, concluyó.


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