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Prisión preventiva para un automovilista por “homicidio simple con dolo eventual”

La jueza Valeria Díaz ratificó el criterio de los fiscales Bridoux y Gómez

La jueza Valeria Díaz ratificó el criterio de los fiscales Bridoux y Gómez.

30/12/2020 01:25 Policiales
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Prisión preventiva para un automovilista por “homicidio simple con dolo eventual” Prisión preventiva para un automovilista por “homicidio simple con dolo eventual”

La jueza de la ciudad de Monte Quemado, departamento Copo, Valeria Díaz, dictó ayer la prisión preventiva en contra de un automovilista discapacitado de una pierna, ya que el 15 de septiembre protagonizó un accidente en que falleció un motociclista.

A diferencia de otros accidentes convencionales (con figuras por ‘homicidio culposo’), los fiscales Santiago Bridoux y Gabriel Gómez edifican un proceso por presunto ‘homicidio simple con dolo eventual’, reprimido con penas mínimas de 8 y máximas de 25 años de cárcel.

El imputado

El acusado es Carlos Erminio Díaz, de 69 años, quien fue detenido la tarde del 15 de septiembre al chocar con el motociclista Facundo Javier Ruiz, quien el 16 cumplía 20 años.

El escenario fueron las calles Juan Domingo Perón y Cabildo, en una de las esquinas del Colegio Secundario Provincial.

De acuerdo con los testigos, la motocicleta circulaba en sentido contrario al Ford K que transitaba al mando de Díaz.

Pericias pendientes

Serán las pericias las que determinarán las responsabilidades, pero se produjo un choque violento y el deceso del motociclista.

El conductor quedó en el interior del vehículo.

Al arribar los policías de la Seccional 22 determinaron que le faltaba una pierna y le habría sido implantada una prótesis.

Al ahondarse la investigación, apareció uno valioso para Bridoux y Gómez. Al parecer, el automovilista carecía del carné de conducir, se supo.

Con mucha antelación habría extraviado uno que le fue entregado en Chaco, antes de la pérdida de una pierna.

Los voceros ampliaron que en los últimos dos años y medio, Díaz condujo el vehículo empleando sus manos y una muleta e inclusive habría hecho viajes fuera de Monte Quemado, distante 330 kilómetros de la ciudad Capital.

Domiciliaria

Tres meses después, la Fiscalía avanzó en la investigación y la Justicia le concedió el arresto domiciliario al automovilista.

En ese proceso, la jueza Valeria Díaz refrendó una resolución contundente, ya que ratifica el criterio fiscal.

En la percepci•n jurídica de Bridoux y Gómez, el automovilista debió prever e imaginar que ante tamaña dificultad física probablemente protagonizaría un accidente de tránsito.

La falta de una extremidad debía acentuar esa visión en el imputado, corporizada en un choque y el inmediato deceso del motocilista.

Características de la acusación fiscal

La acusación de “homicidio simple con dolo eventual” se aplica cuando una persona, por ejemplo el conductor del vehículo, tuvo que haberse representado e imaginado que, al realizar una determinada acción o maniobra, podría ocasionarle la muerte a alguien y, pese a prever ese posible resultado, mantuvo su accionar y no lo evitó.

Allí radica el punto clave de la acusación de los fiscales, la cual adquirió mayor entidad por ser compartida por la magistrada, en la causa.

La investigación se sostiene en pericias diversas: en los dos vehículos, análisis médicos al conductor y los resultados de la autopsia.

Lo que viene

Ahora, la resolución otorgó un envión legal a la Fiscalía, ya en tiempos de cimentar la clausura y elevación a juicio.

Así parecería comprenderlo la defensa, quien podría recurrir a un plan B: evitar la exposición del conductor a un tribunal, y, en su lugar, procurar un juicio abreviado consensuado con los fiscales.


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