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Procesan a dos santiagueños por fraude con falsos productos Dom Perignon

05/01/2021 01:22 Policiales
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Procesan a dos santiagueños por fraude con falsos productos Dom Perignon Procesan a dos santiagueños por fraude con falsos productos Dom Perignon

El titular del Juzgado Federal N° 2, Sebastián Argibay, dispuso el procesamiento de dos santiagueños acusados de falsificar y comercializar en todo el país vinos espumantes a los que les colocaban logos de la marca Dom Perignon.

La investigación se originó en febrero del 2020 y en julio se cristalizó en tres allanamientos con secuestros y detenciones, a cargo de efectivos de la Policía Federal.

Todo comenzó con una investigación impulsada por el titular de la Fiscalía Federal N° 1 de Santiago del Estero, Pedro Eugenio Simón, en febrero del 2020. En esa oportunidad, la representante de la firma real denunció que se comercializaban productos falsos que no fueron fabricados ni supervisados por MHSC, de manera que eran falsos y por ende carecían de los debidos controles de sanidad.

La denuncia

La denunciante puso de manifiesto que adquirió dicho producto para determinar sus características.

Al recibirlo observó que las etiquetas insertadas eran falsas y que el vendedor era el usuario ‘Sergio Azaf Pereyra’, de acuerdo con lo nominado en la caja en que se envió el producto, y su remitente era la firma ‘Alimenticias SRL’.

Casi once meses después de aquel procedimiento, el proceso continuó y el magistrado federal ordenó el procesamiento de dos hombres acusados de falsificar e imitar de forma fraudulenta los vinos espumantes Dom Perignon de la marca registrada Moet Hennessy (MHSC) y comercializarlos en la plataforma Mercado Libre. La resolución también es por infracción a la Ley Nacional de Vinos N° 14. 878.

Los allanamientos

La investigación se cimentó sobre tres procedimientos. La Fiscalía Federal N° 1 y la Policía Federal Argentina - Unidad Operativa Federal Santiago del Estero- allanaron una vivienda, un local comercial y una imprenta, de las que se secuestraron múltiples botellas, corchos, estampas y tinta utilizados para falsificar la marca Dom Perignon, así como también dinero en efectivo.

Pericias en Tucumán

Se realizaron pericias a cargo del Instituto Nacional de Vitinicultura con sede en Tucumán, que determinaron que el líquido que contenían las botellas secuestradas no era apto para consumo humano y que ninguna de ellas guardaba semejanza con el vino espumante Dom Perignon.

A los dos procesamientos, el juez federal Sebastián Argibay incluyó embargos sobre los bienes de los dos imputados.

 

Barato, pero cuanto más “añejo”, era más costoso

El precio de la bebida llamó la atención. En la publicación que realizaban a través de Mercado Libre, ofrecían la botella desde $ 4.000. Sin embargo, el precio de la marca original era de $ 15.000. La maniobra consistía en comprar a muy bajo precio botellas de champán con características similares a las de Dom Perignon. Después, esas botellas eran higienizadas, despojadas de la marca original y reemplazadas por los stickers del champán y llenado con otro champán de menor valor, pero sin dejar escapar el mínimo detalle. Las etiquetas iban desde el año 1992 al 2006. Obviamente, cuanto más añejos, más costosos.

Alcances de la resolución y aspectos del delito

Según la resolución del juez Federal, uno de los procesamientos recayó sobre el integrante de Sociedad Alimenticia Las Torres SRL, en calidad de autor de la presunta comisión de los delitos tipificados en el artículo 31 inciso a y d de la Ley de Marcas y Designaciones N° 22.362.

La pena

La norma pena la falsificación e imitación fraudulenta de una marca y a quien ponga en venta, venda o de otra manera comercialice productos o servicios con marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada; también por la vulneración del artículo 31 de la Ley 14.878, que alcanza a ‘toda persona responsable, material de adulteración o falsificación de los productos’.

En el otro caso, el procesamiento fue refrendado únicamente como autor del delito previsto en el mencionado inciso a del artículo 31 de la Ley 22.362.l


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