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Prorrogan prohibición de despidos por 90 días y doble indemnización, con tope, hasta fin de año

22/01/2021 01:19 Política
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El Gobierno nacional decidió prorrogar por 90 días la vigencia de la normativa que prohíbe los despidos y extender la obligatoriedad del pago de una doble indemnización para los casos de cesantía por todo el año 2021, informaron fuentes oficiales.

La medida estará contenida en un decreto que está a la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

De este modo, las empresas privadas no podrán despedir empleados sin justa causa ni por razones de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo, como ya está vigente.

La imposibilidad de cesantear sin justa causa seguirá hasta fin de abril. El pago extra para despedir seguirá durante todo 2021, pero el recargo tendrá un límite de 500 mil pesos.

“La medida va a oficializarse en breve”, señalaron fuentes oficiales, en referencia a una pronta publicación de la prórroga en el Boletín Oficial.

Esta extensión de la medida condice con lo dispuesto desde el comienzo de la pandemia de coronavirus y ante la posibilidad de algunas compañías de echar personal por la retracción de la actividad.

El primer decreto rigió desde el 1° de abril, luego se dispuso una prórroga desde el 1° de junio y hubo una tercera disposición a partir del 1° de diciembre.

En este caso, y a diferencia de las prórrogas que mantuvieron la medida sin cambio, en el Ejecutivo se resolvió estirar la doble indemnización hasta fin de este año con un valor tope de $500.000 para el recargo. Por ejemplo: si un trabajador tuviera que recibir al ser despedido una indemnización total de 400 mil pesos antes de la vigencia de este instrumento, a la hora de su desvinculación el costo final para el empleador deberá ser de 800 mil pesos. Sin embargo, si un trabajador que hubiese percibido en circunstancias normales una indemnización de 600 mil pesos, no operará por completo la duplicación y su monto final, en caso de ser despedido, será de 1,1 millón de pesos (su monto original de $ 600 mil y el recargo de $ 500 mil).

La medida fue resuelta por la “emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la cuarentena obligatoria para contrarrestar” la pandemia de coronavirus.

De acuerdo con el Decreto 891/2020, publicado en el Boletín Oficial, la prohibición de despidos y suspensiones finalizaba el 29 de enero próximo, por lo que el Gobierno decidió prorrogar la medida durante la reunión de Gabinete Económico que se realizó ayer (Pág. 7).

“La pandemia de Covid-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente -más allá de las particularidades de cada región-, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos”, había expresado el Gobierno en esa última prórroga.

La prohibición de despidos fue ordenada inicialmente el 31 de marzo último, por medio del DNU 329/2020, en la primera etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio (Aspo) dispuesto por la pandemia.

El Gobierno fundamentó entonces la prórroga de la prohibición de efectuar despidos en la puesta en marcha de una “serie de medidas que tienen como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia”.

“Desalienta

la creación

de nuevos

empleos”

“Desalientala creaciónde nuevosempleos”

Sectores empresariales y de la industria objetaron la nueva prórroga de la prohibición de despidos y la doble indemnización porque sostienen que desalienta la creación de nuevos puestos de trabajo, y porque aumenta el costo laboral.

Daniel Funes de Rioja, vicepresidente de la UIA y titular de la COPAL, la cámara de las industrias alimenticias, sostuvo que “ya no hay justificación para eso, ya que bajaron las suspensiones y la curva de contrataciones cambió y la industria se recupera”.

Agregó que la extensión de la medida “distorsiona el concepto de emergencia” y que si bien “los costos salariales en la Argentina son más bajos que en México y Brasil, encarecen los costos laborales y nos quita competitividad”.

Además, para el industrial, la prohibición de despedir personal desalienta la creación de nuevos empleos formales y “aumenta la informalidad”. Y sentenció: “Lo que yo considero es un triple cepo laboral: despidos, suspensiones y doble indemnización”.

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