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Los quioscos deberán tributar mensualmente entre $ 150 y $ 400

10/12/2016 00:00 Política
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La nueva ordenanza tarifaria también establece los valores de la contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios (tasa inspección y afines). En este sentido, la contribución también se liquidará en forma mensual. Para el caso de actividades primarias como la cría de animales destinados al consumo se fijó un monto mensual de $350; en el caso de los viveros, $ 500.

En cuanto a la contribución mensual para actividades industriales, los montos son diversos, por ejemplo la elaboración de productos alimenticios y bebidas en general abonarán $650 ($7.800 anual), y las fábricas de ataúdes $1.100 ($13.200).

Comercios

Para el sector, la ordenanza contempla importantes montos mensuales, diferenciados según el rubro: las estaciones de servicio $ 1.000 ($ 12.000 anual); heladerías $500 ($6.000); corralones $750 ($9.000); autoservicios $250 ($3.000). En el caso de los supermercados, $350 mensuales para quienes tienen menos de 150 m2 de superficie, y $570 ($6.840) para los que superen esa superficie. Maxiquioscos, $350. Quioscos internos, $150 y los quioscos externos $400. Carnicerías, $400 si tienen cámara frigorífica industrial, y $ 250 las que no tienen este equipamiento. En tanto, las rotiserías deberán abonar $350 por mes, mientras que las despensas, $230. Otro de los negocios que se expandieron son las verdulerías y fruterías. éstas deberán abonar $ 230 por mes ($ 2.760 anual).

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