Política

Comenzó la veda electoral: cuáles son las prohibiciones hasta el domingo

REPORTE ESPECIAL

Las autoridades electorales recordaron que desde este viernes a las 8 y hasta el domingo a las 21 rige la veda electoral, de acuerdo con el Código Electoral Nacional.

Durante todo este período o parte del mismo, estarán prohibidas determinadas actividades que podrían obstaculizar el normal desarrollo de los comicios, como la venta de bebidas alcohólicas.

Quienes no cumplan con la veda electoral podrían ser sancionados con hasta 2 años de prisión, una pena que, de todas formas, es de cumplimiento condicional por ser menor a 3 años.

¿Qué está prohibido hacer durante la veda?

n Según el artículo 71 del Código, durante toda la veda electoral (desde las 8 del viernes previo a las elecciones y hasta 3 horas después de finalizados los comicios -cierra a las 18-), está prohibido ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.

n Tampoco se pueden realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales ni abrir los locales partidarios que se encuentren dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas de votación.

n En tanto, durante el desarrollo de los comicios está prohibido organizar reuniones de electores o el depósito de armas en inmuebles que se encuentren dentro de un radio de 80 metros alrededor de un centro de votación.

n Asimismo, durante el desarrollo de los comicios y hasta 3 horas después de cerrada la jornada electoral, no se pueden realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

n Por último, desde este sábado a las 20 y hasta las 21 del domingo, los comercios no pueden vender bebidas alcohólicas. Además, los electores tienen prohibida la portación de armas, el uso de banderas u otros dispositivos.

Sanciones

Los empresarios u organizadores de espectáculos públicos y deportivos desarrollados durante la veda podrán ser sancionados con una pena de prisión de 15 días a 6 meses, de acuerdo con la normativa vigente. La misma sanción está prevista para los comerciantes que vendan bebidas alcohólicas mientras rija la veda electoral.

En tanto, los electores que asistan a reuniones electorales a menos de 80 metros del lugar de celebración del comicio podrían enfrentar una pena de entre 15 días y 6 meses de prisión. En tanto, el propietario u ocupante de un inmueble dentro de ese radio que fuera convertido en depósito de armas podría recibir una pena de 3 meses a 2 años de prisión.

Además, el artículo 128 del Código Electoral establece que se impondrá prisión de hasta 15 días o multa de hasta $ 500 a toda persona que viole la prohibición impuesta sobre la portación de armas, uso de banderas u otros distintivos.

Por último, la persona que "con engaños indujera a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" podría recibir una pena de 2 meses a 2 años de cárcel. l

Hoy a las 8 empieza la veda: cuáles son las prohibiciones hasta el domingo

REPORTE ESPECIAL

Ir a la nota original

MáS NOTICIAS