Comenzó la veda electoral: cuáles son las prohibiciones hasta el domingo Comenzó la veda electoral: cuáles son las prohibiciones hasta el domingo
Las autoridades electorales recordaron que desde este viernes a las 8 y hasta el domingo a las 21 rige la veda electoral, de acuerdo con el Código Electoral Nacional.
Durante todo este período o parte del mismo, estarán prohibidas determinadas actividades que podrían obstaculizar el normal desarrollo de los comicios, como la venta de bebidas alcohólicas.
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Quienes no cumplan con la veda electoral podrían ser sancionados con hasta 2 años de prisión, una pena que, de todas formas, es de cumplimiento condicional por ser menor a 3 años.
¿Qué está prohibido hacer durante la veda?
n Según el artículo 71 del Código, durante toda la veda electoral (desde las 8 del viernes previo a las elecciones y hasta 3 horas después de finalizados los comicios -cierra a las 18-), está prohibido ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
n Tampoco se pueden realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales ni abrir los locales partidarios que se encuentren dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas de votación.
n En tanto, durante el desarrollo de los comicios está prohibido organizar reuniones de electores o el depósito de armas en inmuebles que se encuentren dentro de un radio de 80 metros alrededor de un centro de votación.
n Asimismo, durante el desarrollo de los comicios y hasta 3 horas después de cerrada la jornada electoral, no se pueden realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
n Por último, desde este sábado a las 20 y hasta las 21 del domingo, los comercios no pueden vender bebidas alcohólicas. Además, los electores tienen prohibida la portación de armas, el uso de banderas u otros dispositivos.
Sanciones
Los empresarios u organizadores de espectáculos públicos y deportivos desarrollados durante la veda podrán ser sancionados con una pena de prisión de 15 días a 6 meses, de acuerdo con la normativa vigente. La misma sanción está prevista para los comerciantes que vendan bebidas alcohólicas mientras rija la veda electoral.
En tanto, los electores que asistan a reuniones electorales a menos de 80 metros del lugar de celebración del comicio podrían enfrentar una pena de entre 15 días y 6 meses de prisión. En tanto, el propietario u ocupante de un inmueble dentro de ese radio que fuera convertido en depósito de armas podría recibir una pena de 3 meses a 2 años de prisión.
Además, el artículo 128 del Código Electoral establece que se impondrá prisión de hasta 15 días o multa de hasta $ 500 a toda persona que viole la prohibición impuesta sobre la portación de armas, uso de banderas u otros distintivos.
Por último, la persona que "con engaños indujera a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" podría recibir una pena de 2 meses a 2 años de cárcel. l
Hoy a las 8 empieza la veda: cuáles son las prohibiciones hasta el domingo
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