La Anses anunció que abona un subsidio para gastos por sepelio La Anses anunció que abona un subsidio para gastos por sepelio
Se considera titular de una prestación a toda persona que al momento de su fallecimiento se encuentre percibiendo o hubiese solicitado una jubilación o pensión, dentro de los siguientes regímenes previsionales: Sistema Integrado Previsional Argentino, Cajas provinciales de previsión transferidas al ámbito nacional (excepto del Régimen de Policía y Penitenciaría) o Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur. El subsidio deberá ser solicitado dentro del plazo de un año, contado a partir de la fecha de fallecimiento.
Cabe recordar que, de existir familiares con derecho a pensión, el subsidio será liquidado sin tramitación adicional junto a ella. En caso de coparticipación (más de una persona con derecho al cobro de la pensión) se liquidará en forma proporcional, de conformidad con el porcentaje del beneficio que le corresponda a cada uno. Si no la hay, podrán percibir este subsidio los herederos del titular.
Este trámite puede realizarse a través de la web, en el sitio en www.anses.gob.ar; o con turno previo en delegaciones. La documentación que deberá presentar ante la Anses son: del titular fallecido: original y fotocopia de la partida de defunción; del solicitante: DNI (original y fotocopia), factura extendida por la empresa de servicios fúnebres a nombre del solicitante (original y fotocopia) y solicitud de turno por web.l








