Listado de quiénes deben tramitar la nueva habilitación para circular Listado de quiénes deben tramitar la nueva habilitación para circular
La siguiente es la lista de los casos exceptuados del cumplimiento del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesto por el Gobierno a raíz de la pandemia de coronavirus, que deberán tramitar el nuevo “Certificado único Habilitante para Circulación” antes del lunes 6 de abril próximo:
1- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
2- Personal afectado a obra pública.
3- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
4- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
5- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
6- Servicios de lavandería.
7- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
8- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.