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Recortes en la PUAM: el Gobierno elimina el derecho a pensión por viudez

Quienes accedan a la Pensión Universal para el Adulto Mayor ya no podrán cobrar la pensión por fallecimiento de su pareja. El cambio rige tras el fin de la moratoria de ANSES.

20/05/2025 18:57 País
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Con el avance hacia el cierre de la moratoria previsional vigente, el Gobierno de Javier Milei anunció un cambio clave que impacta directamente sobre miles de personas que reciben la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). A partir de ahora, quienes accedan a esta prestación no podrán cobrar la pensión por fallecimiento en caso de que muera su pareja, incluso si esta estaba jubilada. Este derecho sí se mantiene para los jubilados del régimen contributivo.

La moratoria, impulsada para permitir la jubilación de personas que no completaron los 30 años de aportes exigidos por ley, estará vigente hasta marzo de 2025. Sin embargo, el Gobierno ya adelantó que no será renovada. Esto implica que, una vez vencido el plazo, sólo quienes reúnan los años de aportes mínimos podrán iniciar su trámite jubilatorio. Para el resto, la única opción será la PUAM, detalla el portal de A24.

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¿Qué es la PUAM y quiénes pueden acceder?

La Pensión Universal para el Adulto Mayor es una prestación no contributiva que otorga la ANSES a personas mayores en situación de vulnerabilidad. Está dirigida a hombres y mujeres a partir de los 65 años que no cumplan con los requisitos de aportes para acceder a una jubilación ordinaria.

Si bien esta pensión permite recibir ingresos mensuales y acceso a la obra social PAMI, ahora presenta una importante limitación: quienes accedan a ella ya no podrán cobrar la pensión por viudez, una cobertura que anteriormente garantizaba cierta seguridad económica ante el fallecimiento de un cónyuge jubilado.

Este cambio representa un endurecimiento en las condiciones del sistema previsional, en línea con las políticas de ajuste impulsadas por el Ejecutivo. Mientras tanto, organizaciones sociales y especialistas advierten que miles de personas mayores podrían quedar más desprotegidas económicamente en los próximos años.

Requisitos de la PUAM:

Tener 65 años o más.

No contar con 30 años de aportes.

No estar cobrando ninguna jubilación o pensión contributiva.

No tener residencia en el exterior.

Cumplir con los criterios socioeconómicos de ANSES.

No permite el cobro de pensión por fallecimiento (viudez).

En mayo, el haber mínimo jubilatorio es de $296.396, tras el último aumento por inflación. A esto se suma el bono de $70.000 que otorga el Gobierno.

Dado que la PUAM equivale al 80% de la jubilación mínima, el monto base será de $237.116,79. Con el bono extraordinario, el total a cobrar en mayo será de $307.116,79.

Quiénes están habilitados para pedir la pensión por viudez

ANSES establece que los siguientes familiares pueden solicitar la pensión por viudez:

Cónyuge: debe presentar la partida de casamiento actualizada, emitida con fecha posterior al fallecimiento del trabajador.

Conviviente: debe acreditar una convivencia mínima de 5 años antes del fallecimiento. El plazo se reduce a 2 años si hubo hijos en común reconocidos por ambas partes.

Hijos: pueden acceder a la pensión si son menores de 18 años, solteros y no perciben otra prestación. En el caso de hijos con incapacidad laboral y que estuvieran a cargo del fallecido, no existe límite de edad.

Es importante respetar todas las condiciones establecidas para no perder el acceso a este derecho que busca proteger a las familias en momentos de vulnerabilidad.

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