Se puede realizar en forma online a través de la web o desde un teléfono celular.
Monotributo, paso a paso: cómo hacer la recategorización antes del vencimiento y evitar recargos Monotributo, paso a paso: cómo hacer la recategorización antes del vencimiento y evitar recargos
Los monotributistas de todo el país tienen tiempo hasta el martes 5 de agosto para realizar la recategorización obligatoria del Monotributo, un trámite fundamental para mantener la regularidad fiscal dentro del régimen simplificado. Se trata de una instancia ineludible que se realiza dos veces al año y está prevista por la Ley 24.977.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha habilitado un sistema 100% digital para facilitar el cumplimiento de esta obligación, permitiendo a los contribuyentes completar el proceso de manera ágil desde cualquier dispositivo con acceso a internet.
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¿Cómo funciona la recategorización automática?
Con el objetivo de reducir tiempos y evitar errores, ARCA implementó un mecanismo automatizado que sugiere al contribuyente una nueva categoría en función de su facturación acumulada durante los últimos 12 meses. Esta información se despliega apenas se inicia el trámite en línea.
Si los datos coinciden con la realidad del contribuyente, la operación se puede confirmar de inmediato. En cambio, si existen diferencias, el usuario tiene la opción de modificar manualmente los valores antes de finalizar.
Este sistema automático está disponible especialmente para aquellos inscriptos que utilizan facturación electrónica y tienen al menos un año completo dentro del régimen.
Paso a paso para hacer la recategorización
El procedimiento se realiza a través del Portal Monotributo y consta de los siguientes pasos:
1. Ingreso al sistema: acceder al portal oficial y entrar con CUIT y clave fiscal.
2. Seleccionar la opción correspondiente: dentro del menú principal, elegir "Recategorización" y luego "Recategorizarme".
3. Revisión de parámetros: el sistema mostrará la categoría actual y los topes vigentes. ARCA recomienda consultar las escalas antes de avanzar.
4. Carga de datos: se deberá declarar el monto facturado en los últimos 12 meses y detallar si se utiliza o no un local comercial.
5. Verificación final: una vez completado el formulario, se podrá confirmar la categoría sugerida o modificarla si hay errores.
Escalas actualizadas a agosto 2025
A continuación, los límites de facturación anual por categoría vigentes para esta recategorización:
Categoría A: $8.992.597,87
Categoría B: $13.175.201,52
Categoría C: $18.473.166,15
Categoría D: $22.934.610,05
Categoría E: $26.977.793,60
Categoría F: $33.809.379,57
Categoría G: $40.431.835,35
Categoría H: $61.344.853,64
Categoría I: $68.664.410,05
Categoría J: $78.632.948,76
Categoría K: $94.805.682,90
Asimismo, los valores de las cuotas mensuales, que estarán vigentes a partir del 20 de agosto, son significativos y varían según la categoría y el tipo de actividad (servicios o venta de bienes muebles):
Categoría A: $ 37.085,74 (servicios y venta de bienes muebles)
Categoría B: $ 42.216,41 (servicios y venta de bienes muebles)
Categoría C: $ 49.435,58 (servicios) / $ 48.320,22 (venta de bienes muebles)
Categoría D: $ 63.357,80 (servicios) / $ 61.824,18 (venta de bienes muebles)
Categoría E: $ 89.714,31 (servicios) / $ 81.070,26 (venta de bienes muebles)
Categoría F: $ 112.906,59 (servicios) / $ 97.291,54 (venta de bienes muebles)
Categoría G: $ 172.457,38 (servicios) / $ 118.920,05 (venta de bienes muebles)
Categoría H: $ 391.400,62 (servicios) / $ 238.038,48 (venta de bienes muebles)
Categoría I: $ 721.650,46 (servicios) / $ 355.672,64 (venta de bienes muebles)
Categoría J: $ 874.069,29 (servicios) / $ 434.895,92 (venta de bienes muebles)
Categoría K: $ 1.208.890,60 (servicios) / $ 525.732,01 (venta de bienes muebles)
¿Qué ocurre si no realizo la recategorización?
No cumplir con esta obligación puede traer consecuencias. Si corresponde pasar a una categoría superior y el contribuyente no se recategoriza, ARCA podría hacerlo de oficio. En cambio, si el monotributista debería estar en una categoría inferior, la modificación no se realiza automáticamente, aunque se puede gestionar una presentación digital para corregirlo.
Además, es importante recordar que la cuota mensual del Monotributo vence el día 20 de cada mes y debe abonarse exclusivamente a través de medios electrónicos: VEP, Homebanking, débito automático, billeteras virtuales o tarjeta de crédito, entre otros.








