Revés para la defensa del exnovio de Luciana Torres; rechazaron planteos Revés para la defensa del exnovio de Luciana Torres; rechazaron planteos
La Justicia de Control y Garantías, a cargo del juez Darío Alarcón resolvió rechazar todos los planteos de la defensa técnica de Joaquín Cesca, a cargo de Guillermo Ruiz Alvelda, que había cuestionado la condición de querella del abogado Sebastián Robles, quien representa a la familia de Luciana Torres.
A través de una resolución emitida ayer, el magistrado no hizo lugar al pedido de Ruiz Alvelda quien había cuestionado la falta de personería entendiendo que Robles "es solo patrocinante y no querellante particular".
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"Puesto que Robles se constituyó como querellante tal lo indica el código y tal documentación se encuentra en la causa está siendo instruida desde el pasado 30 de diciembre por la Fiscalía", ahora a cargo de la Dra. Celia Mussi.
Vale recordar que tanto la Fiscalía como la defensa de Cesca se opusieron a la declaración de incompetencia del Juzgado de Control y Garantías, ya que el Dr. Robles pidió que las actuaciones fueran enviadas al Juzgado de Género.
A tal pedido, el juez expresó: "No existe impedimento normativo que impida al juez declarar de oficio su incompetencia ni se requiere inhibitoria o declinatoria por parte de los intervinientes. En efecto, la competencia es de orden público y, como tal, puede ser examinada en cualquier etapa del proceso incluso de oficio sin necesidad de que medie planteo de parte".
Además, expresa que "lejos de configurar una irregularidad, la actuación oficiosa del magistrado constituye el cumplimiento de un deber legal y constitucional, destinado a asegurar que el caso se tramite ante el tribunal materialmente competente".
Remarcando Alarcón que "sobre la cuestión esgrimida respecto de las supuestas deficiencias formales en el escrito de constitución de la querella o acusación, no afectan la validez del acto en tanto resultan subsanables. Por lo tanto no existe afectación constitucional alguna. Respecto de la competencia, la derivación al fuero competente no implica violación al debido proceso ni al principio de juez natural".
La resolución, que se conoció durante la jornada de ayer, presumiblemente, será apelada por las partes intervinientes en el proceso y será la Cámara la que intervenga en el caso.








